Subvenciones a los talleres artesanos para incentivar la realización de acuerdos de formación de aprendices - 2019


  • 27/02/2019
  • 16/09/2019
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IN201K - Realización de acuerdos de formación de aprendices en talleres artesanos

Fecha de publicación: 27/02/2019

Fecha inicio de solicitud: 28/02/2019

Fecha fin de solicitud: 16/09/2019

Objeto

Estas ayudas tienen por objeto incentivar la realización de acuerdos de periodos formativos de carácter no laboral entre talleres artesanos y personas aprendices, que contribuyan a asegurar la continuidad de los oficios y su relevo generacional para el 2019.

Características de la ayuda

La formación teórica y práctica tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses y la jornada será, como mínimo de 20 horas semanales y máximo de 40 horas semanales.

Las actividades se iniciarán en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la concesión de la subvención y se realizarán en el taller bajo la dirección y supervisión de un tutor que será el titular del taller o persona en quien delegue, que deberá tener la formación y experiencia necesarias para la correcta formación de la persona aprendiz.

El taller deberá expedir un certificado a la persona becaria acreditativo de las horas, periodo y contenidos de la formación al finalizar el período de formación. La persoa aprendiz adquiere el compromiso, con la realización del programa formativo, de solicitar la carta de artesano/a una vez finalizado (código de procedimiento IN201A)

La cuantía de subvención estará condicionada por el tipo de duración de la formación semanal impartida a la persona aprendiz, fijándose entre 1,1 y 1,4 veces el IPREM mensual vigente.

Adicionalmente, el taller percibirá, adicionalmente, una cuantía fija de 200 € o 400€ mensuales, para las cotizaciones sociales de las persoas becarias, y gastos en fungibles y materiales que se realicen durante la práctica de las mismas.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los talleres artesanales, sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes que figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia

En este enlace se puede acceder al texto íntegro de la resolución publicada en el DOG

En este enlace tienes más información en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Válido desde: 
Miércoles, 27 Febrero, 2019
Válido hasta: 
Lunes, 16 Septiembre, 2019