Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2021


  • 05/05/2021
  • 07/07/2021
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IN848D - Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2021

Fecha de publicación: 05/05/2021

Fecha inicio de solicitud: 06/05/2021

Fecha finalización de solicitud: 07/06/2021

Objeto

Las bases y la convocatoria publicada tienen por objecto convocar las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de Innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación da empresa, y estén alineados con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia.

Características de la ayuda

Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un plan de innovación, que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:

a) Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y homogéneo que permita implementar o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.

b) Las actividades incluidas en el plan de innovación deben implicar una o varias de estas opciones, desglosadas en el catálogo que se incluye como anexo I:

b.1) Actividades de innovación: destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas (desbordamiento del conocimiento), deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica; estas actividades comprenderán la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, el envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado y la adquisición de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación.

b.2) Innovación en materia de procesos y/o de organización: la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipamientos o programas informáticos), de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.

No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.

c) Deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la RIS3 para Galicia (anexo II).

d) El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros, la presentación de un plan de innovación con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión da la solicitud de la ayuda.

e) Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2022, la presentación de un plan de innovación con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión da la solicitud de la ayuda.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, conforme a las definiciones contenidas en el artículo 2, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicitan la ayuda.

Los beneficiarios de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA), conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la resolución.


Publicación boletín Ficha sede

Válido dende: 
mércores, 5 Maio, 2021
Válido ate: 
mércores, 7 Xullo, 2021