Subvenciones para la financiación de acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas - 2019


  • 27/12/2018
  • 11/02/2019
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TR301P - Subvenciones para la financiación de acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas (2019)

Fecha de publicación: 28/12/2018

Fecha inicio de solicitud: 29/12/2018

Fecha fin solicitud: 28/01/2019 ampliada hasta el 11/02/2019

Objeto

Las bases regulan la financiación de las acciones formativas para el empleo con compromiso de contratación en unidades formativas en las empresas y de la actividad laboral asociada, dirigidas a las personas trabajadoras desempleadas, a través del programa de financiación de acciones formativas con compromiso de contratación inmediata.

Características de la ayuda

Serán subvencionables al amparo de este programa las acciones formativas para el empleo con compromiso de contratación que guarden relación con la actividad empresarial de las entidades solicitantes, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia y que incluyan el compromiso de contratación en la Comunidad Autónoma de Galicia de un mínimo del 40 % del alumnado formado, por un período mínimo de seis meses a jornada completa, o 9 meses en caso de que la contratación sea a tiempo parcial. 

En los compromisos de contratación deberá figurar información relativa a: necesidades formativas y puestos de trabajo que se pretenden cubrir; proceso selectivo previo a la formación, en su caso; perfiles de las personas que se pretende contratar; número de personas que se comprometen a contratar; tipo de contrato laboral para cada una de dichas personas, con detalle de la duración prevista en cada caso, centro de trabajo, además del número de personas empleadas en la plantilla de la empresa o entidad contratante en la fecha de publicación de la convocatoria.

En el momento de la selección deberá ser informado el alumnado de todos y cada uno de los aspectos referidos en el párrafo anterior y en el compromiso de contratación deberá otorgarse prioridad al alumnado formado que superase la acción formativa.

Los contratos laborales en los que se plasme el compromiso de contratación, podrán beneficiarse de los incentivos o beneficios en la cotización a la Seguridad Social u otro tipo de ayudas que pudiesen corresponder por el mismo contrato, de conformidad con la normativa que regule tales incentivos o beneficios. No suposto de contrato por tempo indefinido a tempo parcial, o mínimo da xornada será do 50 % da correspondente a unha persoa traballadora a tempo completo comparable. 

Personas beneficiarias

Poderán ser entidades beneficiarias as empresas, calquera que sexa a forma xurídica que adopten, e as agrupacións temporais de empresas que presenten solicitude conxunta, mediante un convenio que acredite a correspondente agrupación.

Poderán obter a condición de beneficiarias das subvencións a que se refiren estas bases as empresas que sexan entidades de formación e que sexan titulares de centros ou entidades de formación inscritos para impartir formación profesional para o emprego no ámbito laboral da Comunidade Autónoma de Galicia naquelas especialidades formativas para as cales soliciten subvención.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Jueves, 27 Diciembre, 2018
Válido hasta: 
Lunes, 11 Febrero, 2019