Ayudas a los comercios minoristas para contribuir a la reactivación del comercio gallego garantizando la seguridad laboral y la generación de confianza en el consumidor - 2020


  • 20/06/2020
  • 17/08/2020
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IG524C - Ayudas a los comercios minoristas para contribuir a la reactivación del comercio gallego garantizando la seguridad laboral y la generación de confianza en el consumidor

Fecha de publicación: 19 de junio de 2020

Fecha inicio de solicitud: 20 de junio de 2020

Fecha finalización de solicitud: 31 de julio de 2020 (ampliada hasta el 17 de agosto de 2020)

Objeto

Los proyectos objeto de apoyo y las actuaciones consecuentes deben derivarse del informe de Autodiagnóstico efectuado con la herramienta ComercioSeguroGalicia, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, que deberá adjuntarse junto con la solicitud de ayuda.

Características da axuda

Estas ayudas tienen como objeto subvencionar aquellos proyectos que incluyan una o varias de las siguientes actuaciones:

1. Medidas de protección de los empleados y clientes en el establecimiento comercial.

2. La adaptación del establecimiento comercial para reducir el contacto del cliente con elementos y superficies y evitar su contaminación.

3. La adquisición de medios de protección e higiene para comerciantes y clientes: mascarillas protectoras individuales, mascarillas para el personal del establecimiento comercial, guantes, calzas, dispensadores automáticos de geles hidroalcohólicos y cualquier otro para la protección personal que sea adecuada a la específica actividad en el comercio. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables; consecuentemente, ningún proyecto podrá constar únicamente de actuaciones contempladas en este epígrafe.

4. La instalación de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos.

5. La contratación de servicios para reforzar la limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables, para un período máximo de prestación de servicios de 6 meses. Consecuentemente, ningún proyecto podrá constar únicamente de actuaciones contempladas en este epígrafe.

6. La adquisición de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial.

7. Cartelería y puntos de informaciones, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19 implementadas en el establecimiento comercial.

8. De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19, lo cual se motivará en la resolución de concesión.

Persoas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, cualquiera que sea su forma jurídica, por lo que también podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o personales, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.


Publicación boletín Ficha sede

Válido desde: 
Sábado, 20 Junio, 2020
Válido hasta: 
Lunes, 17 Agosto, 2020