Ayudas para el desarrollo de productos, proyectos y obras realizados con madera - 2020


  • 17/07/2020
  • 30/09/2020

IN502 - Ayudas para el desarrollo de productos, proyectos y obras realizados con madera - 2020

Fecha de publicación: 17 de julio de 2020

Fecha inicio de solicitud: 18 de julio de 2020

Fecha finalización de solicitud: 30 de septiembre de 2020

Objeto

Las bases tienen por objeto convocar las ayudas al desarrollo de productos, proyectos y obras realizados con madera en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Características de la ayuda

Las actuaciones objeto de apoyo deben basarse en las siguintes líneas:

Línea 1.1 (código de procedimiento IN502B): ayudas a la redacción de proyectos de ejecución de construcción nueva, rehabilitación o reforma de naves y establecimientos de negocio que empleen productos de madera como elementos estructurales.

Línea 1.2 (código de procedimiento IN502C): ayudas a proyectos para el desarrollo de envases, embalajes o publicidad en el lugar de venta (expositores PLV) realizados con madera.

Línea 1.3 (código de procedimiento IN502D): ayudas a la redacción de proyectos de ejecución de nuevas viviendas unifamiliares o de rehabilitación o reconstrucción de viviendas unifamiliares que empleen productos de madera como elementos estructurales.

Línea 2 (código de procedimiento IN502E): ayudas a la realización de obras de reforma o acondicionamiento de locales comerciales o de negocio con productos de madera.

Personas beneficiarias

Podrán tener la condición de beneficiarias en las correspondientes convocatorias anuales de estas ayudas:

Para las líneas 1.1, 1.2 y 2: empresas y organismos intermedios.

A los efectos de estas bases, se considerará empresa cualquier entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

A los efectos de estas bases, se entenderá como organismo intermedio las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a las pymes y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar los proyectos.

Para la línea 1.3: personas físicas.


Publicación boletín

Válido desde: 
Viernes, 17 Julio, 2020
Válido hasta: 
Miércoles, 30 Septiembre, 2020