EL PLAZO DE SOLICITUD SE CERRÓ EL 23 DE MARZO  

  AMPLIADO EL PRESUPUESTO CON 3 MILLONES MÁS EL 30 DE ABRIL 

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias las personas trabajadoras autónomas, persona física o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas y las pymes de sectores afectados por el cierre de la actividad conforme a la normativa sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quedan excluidos los establecimientos de hostelería y restauración y los establecimientos de ocio y entretenimiento, como las salas de fiestas, discotecas, pubs, cafés espectáculo y furanchos, por estar encuadrados en el Programa I de esta orden.

Las personas beneficiarias deberán además cumplir los siguientes requisitos:

– Tener domicilio fiscal en Galicia.

– Estar afectado por los supuestos de cierre del establecimiento dictados por la autoridad sanitaria de la Xunta de Galicia en las órdenes que se establecen.

Cuantía de la ayuda económica

El importe de la ayuda por establecimiento se determina en función de la fecha de cierre del mismo, de la siguiente manera:

– Los establecimientos cerrados desde el 27 de enero de 2021 percibirán una ayuda única de 1.900 €.

– Los establecimientos cerrados desde el 21 de enero de 2021 percibirán una ayuda única de 2.200 €.

– Los establecimientos cerrados, en virtud de dos o más órdenes de las comprendidas en los puntos a), b), c) y d) del artículo 29 percibirán una ayuda única de 2.700 €. Igualmente percibirán una ayuda única de 2.700 € las actividades de atracciones de feria a las que se refiere el punto 3 del artículo 29.

En el caso de los establecimientos que ocupen 10 personas trabajadoras o más de 10 se incrementará en 1.000 € en los puntos anteriores.

Las ayudas se concederán para cada establecimiento paralizado pudiendo, por tanto, tener la persona o entidad beneficiaria más de un establecimiento con pleno derecho a la ayuda. De este modo, deberá presentarse una única solicitud por titular y, en el caso de ser titular de más de un establecimiento afectado por el cierre de las órdenes citadas en el artículo 30, en esa misma solicitud figurarán todos los establecimientos afectados por el cierre de los que sea titular.


Más información en el teléfono gratuito 900 815 600

(Horario de atención: de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas)


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