Selección de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas a las que se prestarán servicios del programa Responsabilízate (4ª edición) - 2023


  • 06/11/2023
  • 31/12/2024

TR320B - selección de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas a las que se prestarán servicios del programa Responsabilízate (4ª edición) - 2023

Fecha de publicación: 06/11/2023

Fecha de inicio solicitud: 07/11/2023

Fecha de finalización solicitud: Hasta alcanzar el máximo de plazas según la disponibilidad presupuestaria

Objeto

Esta Resolución tiene por objeto publicar las bases y los requisitos del proceso de selección de las empresas o entidades a las que se prestarán los servicios del programa Responsabilízate, así como proceder a su convocatoria para el año 2023.

Características de la ayuda

las empresas beneficiarias del programa optarán a los siguientes servicios:

1º. Análisis del estado, potencial competitivo y situación de la responsabilidad social empresarial (RSE). Se trata de evaluar el estado inicial de la empresa ejerciendo un estudio completo en los diferentes ámbitos de la empresa.

2º. Asesoramiento y formación. Las pymes participantes recibirán un módulo formativo para ahondar en el conocimiento y herramientas de la RSE. Asimismo, las empresas recibirán un asesoramiento individualizado para la construcción de un plan de acción RSE.

3º. Plan de acción, implantación y seguimiento de las acciones de RSE: a partir del informe de resultados de la diagnosis y de la formación impartida, se definirá la metodología para la elaboración de un plan de acción individualizado para la implantación de un mínimo del 20 % de las acciones previstas en el Plan de acción en RSE.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias del programa Responsabilízate las pequeñas y medianas empresas (pymes), así como las personas trabajadoras autónomas, que tengan radicado su domicilio social o que cuenten con algún centro de trabajo en Galicia y que no fueran beneficiarias en las anteriores ediciones.

Además de lo especificado en el punto anterior, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener, al menos, una persona trabajadora por cuenta ajena.

b) Que no superen los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o su balance anual sea inferior a 43 millones de euros.

c) No ser entidades sin ánimo de lucro.

Válido desde: 
Lunes, 6 Noviembre, 2023
Válido hasta: 
Martes, 31 Diciembre, 2024