Axudas para a elaboración e implantación de plans de igualdade - 2025
- 31/01/2025
- 28/02/2025
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Etapa
TR357C - Axudas para a elaboración e implantación de plans de igualdade - 2025
Data de publicación: 31/01/2025
Data inicio de solicitude: 01/02/2025
Data remate de solicitude: 28/02/2025
Obxecto
Esta Orde ten por obxecto publicar as bases e convocar as axudas e incentivos a pemes, a persoas traballadoras autónomas con persoas traballadoras a cargo para implantar a igualdade laboral.
Características da axuda
En esta línea podrán ser objeto de subvención, bien de manera conjunta o bien por separado, los siguientes conceptos:
a) Los costes de la elaboración de una diagnosis de la empresa desde la perspectiva de género. Esta diagnosis será elaborada según lo establecido en el artículo 7 del Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
b) Los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en la diagnosis previa, y que, como mínimo, deberá contener las medidas establecidas en el capítulo III del Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
c) Los costes derivados de la implantación de las medidas previstas en el plan de igualdad que ya haya aprobado la entidad para su primer año de vigencia. No podrá solicitarse ayuda por este concepto en la misma convocatoria en la que se soliciten los supuestos a) y b).
d) La contratación, en el grupo de cotización 1 o 2, a jornada completa y como mínimo de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad, con el objeto de asesorar y coordinar en cualquiera de las fases de elaboración e implantación del plan de igualdad.
As contías das axudas serán as seguintes:
a) Hasta el 80 % de los costes que conlleve el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € en los demás supuestos.
b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.
c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.
d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación, como mínimo, de un año de una persona experta en igualdad.
La contratación prevista en el apartado d) es compatible con las ayudas contempladas en los apartados a), b), y c).
Persoas beneficiarias
As empresas solicitantes poderán ser pemes ou persoas traballadoras autónomas que teñan subscritos contratos con persoas traballadoras por conta allea con domicilio social e centro de traballo en Galicia, calquera que sexa a súa forma xurídica, e que estean validamente constituídas no momento de presentar a solicitude de axudas.
No caso desta liña I, as empresas deberán contar, como mínimo, con dez persoas traballadoras e cun máximo de 49.
Para todas as liñas será necesario que as entidades solicitantes teñan unha taxa de estabilidade cando menos do 50 % desde o 1 de xaneiro de 2025 e durante todo o período de execución das axudas. Para o cálculo desta porcentaxe só se terán en conta as persoas traballadoras con contratos indefinidos a tempo completo sobre o total dos contratos das persoas traballadoras da empresa.