Subvenciones Emprendimiento Plus para apoyar la inversión y la creación de empleo


 Convocatoria 2023 abierta entre el 18 de julio hasta el 17 de agosto de 2023


Infografía explicativa

Finalidad de la ayuda

El objetivo de esta subvención es apoyar a las iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de constitución o alta, así como la fecha de inicio de su actividad económica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de dos programas:

a) Programa I. Emprendimiento Plus Inversión. Este programa tiene por objeto apoyar la continuidad y la consolidación de iniciativas de emprendimiento de personas autónomas y pymes que tengan una antigüedad máxima de 42 meses, mediante el apoyo de inversiones realizadas en las iniciativas objeto de la ayuda.

b) Programa II. Emprendimiento Plus Empleo. Este programa tiene por objeto el fomento y la consolidación del empleo por parte de autónomos y pequeñas empresas de nueva creación (máx. 42 meses) para promover la contratación de personas desempleadas. La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, mediante unas líneas de incentivos a la contratación por cuenta ajena.

Cuantía de la ayuda

Programa 1.

La subvención está dirigida a apoyar las inversiones de la iniciativa emprendedora:

a) Con inversiones entre 10.000 € y hasta 30.000 €, la contía de la ayuda será del 60% de la inversión.

b) Con investimentos de 30.001 € y hasta 50.000 €, la contía de la ayuda será del 55% de la inversión.

c) Con investimentos de 50.001 € y hasta 100.000 €, la contía de la ayuda será del 50% de la inversión.

d) Con investimentos de 100.001 € y hasta 200.000 €, la contía de la ayuda será del 45% de la inversión.

Personas beneficiarias

Para ser beneficiarias deberán cumplirse los dos requisitos siguientes:

a) Que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad que se trate, con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que hubieran iniciado su actividad económica con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.