Programa de apoyo para la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas - 2024
Programa de apoyo para la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas - 2024
Abierto el prazo de la nueva convocatora de estas ayudas para el 2024 hasta el 30 de septiembre
Finalidad del Programa
Este programa incluye dos líneas de subvenciones para favorecer la contratación de mujeres desempleadas en la empresa común en ocupaciones masculinizadas, con la finalidad de contribuir a incrementar las bajas tasas de ocupación femenina en las dichas ocupaciones.
A efectos de esta subvención deben entenderse como ocupaciones masculinizadas o con infrarepresentación femenina en la contratación, tomando como referencia las personas contratadas por género en el período 2019-2023 en los grupos ocupacionales segundo la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11) aprobada en el Real decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, los grupos ocupacionales que en 2023 reflejaron una diferencia porcentual de por lo menos 20 puntos entre los valores de contratación masculina y femenina, y según el cual se elabora una lista de ocupaciones con subrepresentación femenina por ocupaciones.
Dos tipos de apoyos
A. Línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena de mujeres desempleadas.
Serán subvencionables las contrataciones por cuenta ajena de mujeres en ocupaciones masculinizadas o con infrarrepresentación femenina en la contratación.
Los incentivos de esta línea serán los siguientes:
a) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo de mujeres desempleadas se incentivarán con una cuantía base de 15.000 €. En caso de reducción de jornada por cualquiera causa, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada realizada.
b) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial (mínimo 50 %) y las contrataciones indefinidas fijas-discontinuas (mínimo 6 meses) se incentivarán con una cuantía base de 7.500 €.
Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
I. En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
II. Si la mujer contratada es una persona con discapacidad.
III. Si la mujer contratada es mayor de 45 años.
IV. Si la mujer contratada es emigrante retornada o extranjera.
V. Si la mujer contratada es persona trans.
La cuantía máxima posible a subvencionar por cada persona contratada con carácter indefinido es de 26.250 €.
B. Línea de ayudas para la adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, de carácter opcional, con la finalidad de eliminar barreras y/u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en ocupaciones masculinizadas.
Serán subvencionables al amparo de este programa los gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, con la finalidad de eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en la empresa (aseos, vestuarios, espacios para menores, etc.).
El incentivo de esta línea será el siguiente: Gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo. 1. El importe máximo de la ayuda será de 10.000 €.
Personas beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de estos incentivos las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres por cuenta ajena en ocupaciones masculinizadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen.
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