Ayudas del Bono Relevo 2024
Ayudas del Bono Relevo 2024
Convocatoria 2024 abierta del 7 de junio al 30 de octubre de 2024
Finalidad de la ayuda
O obxectivo desta axuda es el el fomento del traspaso de negocios por relevo generacional.
De este modo, lo que busca es evitar el cierre de negocios por falta de relevo generacional, al tiempo que se facilita que las personas interesadas en emprender tengan la posibilidad de recoger el testigo de un negocio ya viable económicamente. Los negocios objeto de relevo deberán tener el domicilio social y fiscal y/o el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y estar inscritos en la Bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo.
Cuenta con dos líneas de actuación:
- La línea 1. Bono relevo rural, para negocios situados en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- La línea 2. Bono relevo general, para negocios situados en municipios de 5.000 o más habitantes.
Contía de la ayuda
El porcentaje del precio del contrato para subvencionar varía según la línea de ayuda:
- En la línea 1: Bono relevo rural se subvenciona el 75 % del precio del contrato de relevo.
- En la línea 1: Bono relevo rural se subvenciona el 75 % del precio del contrato de relevo.
La intensidad de la ayuda, en cualquiera de las líneas, podrá incrementarse un 5 % más sobre el total cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias, acumulables entre sí:
- Que la persona que adquiere el negocio sea una mujer.
- Que la persona que adquiere el negocio sea menor de 30 años en la fecha de la solicitud.
- Que la persona que adquiere el negocio tenga los 52 años cumplidos en la fecha de la solicitud.
- Que el negocio traspasado tenga más de 5 trabajadores.
Igualmente, y en el caso de la línea 1. Bono relevo rural, la intensidad de la ayuda se incrementará un 10 % más, cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:
- Que la persona que adquiere el negocio sea emigrante retornada.
- Que la persona que adquiere el negocio sea extranjera.
- Que la persona que adquiere el negocio esté empadronada en la misma localidad en la que se encuentre el negocio o actividad que se releva con anterioridad a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
La cuantía máxima subvencionable por relevo será de 30.000 euros.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias del Bono relevo las personas trabajadoras autónomas, las personas profesionales que estén dadas de alta en el RETA, así como las personas mutualistas, y las sociedades de cualquier clase, incluidas las unipersonales y comunidades de bienes, con domicilio fiscal en Galicia en la fecha de la solicitud, según alta en el impuesto de actividades económicas o en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, modelos 036 o 037.