Subvenciones Xempre Emprendemento para apoyar iniciativas de emprendimiento - 2022


  • 30/09/2022
  • 04/11/2022
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TR880A - Subvenciones Xempre Emprendemento para apoyar iniciativas de emprendimiento - 2022

Infografía TR880A

Fecha de publicación: 30/09/2022

Fecha inicio de solicitud: 04/10/2022 a partir de las 13:00 horas

Fecha fin de solicitud: 04/11/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de subvenciones Xempre Emprendemiento para las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, incluyendo cooperativas y sociedades laborales, que se encuentren de alta e iniciasen su actividad económica desde el 1 de enero de 2020 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La finalidad es facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica, su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada entre el 1 de enero de 2022 hasta a la fecha de la presentación de la solicitud.

Características de la ayuda

Serán subvencionables las inversiones que correspondan de manera indudable al proyecto empresarial que inició su actividad económica desde el 1 de enero de 2020. En concreto:

1º. Equipamiento informático.

2º. Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera.

3º. Inversiones en eficiencia energética.

4º. Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario.

5º. Reforma y habilitación de las instalaciones del local de negocio.

6º. La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano (atendiendo a los requisitos establecidos en la orden que regula la convocatoria).

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:

a) Con inversiones de 5.000 € o más hasta un límite de 10.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60 % de la inversión.

b) Con inversiones de 10.001 € o más hasta un límite de 30.000//€, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión.

c) Con inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 40 % de la inversión.

d) Con inversiones de 50.001 € o más hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 30 % de la inversión.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas y las sociedades cooperativas y laborales que se encuentren de alta e iniciaran su actividad económica desde el 1 de enero de 2020.

Las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en Galicia.

b) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

d) Haber iniciado su actividad económica en el periodo que transcurre entre el 1 de enero de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.


Publicación DOG

Corrección errores

información Sede

Válido desde: 
Viernes, 30 Septiembre, 2022
Válido hasta: 
Viernes, 4 Noviembre, 2022