Programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino - 2026

- 03/07/2026
- 03/08/2026
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Etapa
SI429A - Programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino - 2026
Fecha de publicación: 03/07/2026
Fecha inicio de solicitud: 04/07/2026
Fecha finalización de solicitud: 03/08/2026
Objeto
Esta Orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas del programa Emega para fomentar el emprendimiento femenino en Galicia, comprendiendo un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el acceso a servicios específicos de información, asesoramiento y orientación empresarial con el objeto de facilitar la implantación y la consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.
Características de la ayuda
El programa Emega comprende las siguientes modalidades de ayuda:
a) Emega Emerge: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.
Podrán acogerse a los incentivos de la modalidad Emega Emerge las empresas de nueva creación constituidas por mujeres, siempre que, además de los requisitos y de las condiciones generales y comunes para obtener la condición de beneficiaria, cumplan los requisitos específicos establecidos.
La cuantía de los incentivos de la modalidad Emega Emerge se determina en atención al número de puestos de trabajo creados con carácter estable para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 10.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 16.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Incentivo de 20.000 euros a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
d) Incentivo de 22.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
b) Emega Impulsa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad, dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, su consolidación y su mejora. En ningún caso dichas medidas podrán consistir en la destrucción del empleo existente por cuenta propia y ajena.
Podrán acogerse a los incentivos de la modalidad Emega Impulsa las empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de reactivación para el mantenimiento del empleo y para asegurar el necesario equilibrio empresarial o un proyecto de mejora, siempre que, además de los requisitos y de las condiciones generales y comunes para obtener la condición de beneficiaria, cumplan los requisitos específicos establecidos.
La cuantía de los incentivos de la modalidad Emega Impulsa se determina en atención al número de puestos de trabajo existentes en la empresa, ocupados por mujeres, a consecuencia del mantenimiento o del incremento del empleo preexistente, por cuenta propia o por cuenta ajena, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 8.000 euros a las empresas que mantengan el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 12.000 euros a las empresas con dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Incentivo de 14.000 euros a las empresas con tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
d) Incentivo de 17.000 euros a las empresas con cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Emega Innova: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.
Podrán acogerse a los incentivos de la modalidad Emega Innova las empresas de nueva creación que respondan a un proyecto empresarial de carácter innovador, en el campo de la investigación y de la tecnología, constituidas por mujeres, siempre que, además de los requisitos y de las condiciones generales y comunes para obtener la condición de beneficiaria, cumplan los requisitos específicos establecidos.
La cuantía de los incentivos de la modalidad Emega Innova se determina en atención al número de puestos de trabajo creados con carácter estable para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 18.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 27.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Incentivo de 32.000 euros a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
d) Incentivo de 42.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
d) Emega Concilia: ayuda complementaria de las modalidades Emerge, Impulsa e Innova para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.
La Emega Concilia es una ayuda complementaria de las modalidades Emerge, Impulsa e Innova que tiene por objeto favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral o profesional, tanto de las promotoras como de las personas trabajadoras incorporadas a la empresa, con las siguientes modalidades: Concilia-promotoras y Conciliapersonas trabajadoras por cuenta ajena.
Los incentivos previstos para esta ayuda solo podrán concederse a aquellas empresas que los soliciten expresamente y que resulten beneficiarias de subvención por cualquiera de las modalidades Emerge, Impulsa e Innova previstas en esta convocatoria.
La modalidad Concilia-promotoras consiste en un incentivo de 3.000 euros por empresa, siempre que forme parte de ella alguna promotora con hija/s o hijo/s que en la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda sean menores de tres años.
La modalidad Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena consiste en un incentivo, por importe máximo de 5.000 euros por empresa, siempre que se solicite expresamente y se opte por uno de los siguientes supuestos:
a) Formalización de un acuerdo o pacto de conciliación para todo el cuadro de personal de la empresa, con las personas trabajadoras o representantes sindicales y vinculante para las partes, o tener un plan de igualdad vigente, para la implantación de nuevos sistemas de organización del trabajo para favorecer la conciliación y la corresponsabilidad, que contengan medidas que permitan una mayor adaptación de los tiempos de trabajo y la flexibilización horaria para las personas trabajadoras por cuenta ajena y que no estén ya recogidas como obligatorias en la legislación vigente. En este supuesto el incentivo será de 4.000 euros por empresa.
b) Empresas que firmen acuerdos de teletrabajo, formalizados de manera individual, con el personal vinculado a la empresa con contrato laboral. El incentivo en este caso será de 1.000 euros por persona trabajadora por cuenta ajena con un máximo de 5.000 euros por empresa.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su plan de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 14 de agosto de 2025 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y los requisitos comunes y los específicos de la correspondiente modalidad o tipo de ayuda previstos.