Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales - 2024
- 01/02/2024
- 16/09/2024
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Etapa
TR802G - Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales - 2024
Fecha de publicación: 01/02/2024
Fecha de inicio solicitud: 02/02/2024
Fecha de finalización solicitud: 16/09/2024
Objeto
Esta Orden tiene por objeto publicar las bases y la convocatoria de las ayudas para apoyar el emprendimiento en economía social y establecer incentivos para el fomento de la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, con carácter indefinido o a prueba.
Características de la ayuda
Por cada persona que se incorpore con carácter indefinido y a jornada completa, la subvención ascenderá a 6.000,00€ con carácter general.
Esta cuantía se incrementará en los porcentajes que se señalan a continuación, que son acumulables entre sí:
a) Un 25% si la persona incorporada es una mujer.
b) Un 25% si la persona incorporada tiene discapacidad o se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.
c) Un 25% si la persona incorporada tiene una discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral que cumpla las condiciones definidas.
d) Un 25% si la persona incorporada tiene más de 45 años.
e) Un 25% si la persona incorporada tiene la condición de emigrante retornada.
f) Un 25% si la persona tiene la condición de trans.
g) Un 25% en caso de que el centro de trabajo al que se incorpora la persona socia esté situado en un ayuntamiento rural.
h) Un 25% si se trata de una cooperativa juvenil.
i) Un 25% si se trata de una entidad de nueva creación constituida inicialmente con cuatro o más personas socias trabajadoras.
Para la aplicación de los citados incrementos se tendrán en cuenta las circunstancias que consten acreditadas en el momento de dictar la propuesta de resolución.
Por cada joven incorporado como persona socia trabajadora o de trabajo a prueba la subvención ascenderá a 600,00€ al mes, por un período de entre 6 y 12 meses.
Cuando la dedicación sea a tiempo parcial o en condición de fijo discontinuo, la cuantía de los incentivos previstos en los números anteriores se reducirá al 50%.
La cuantía máxima que podrá ser concedida a una entidad beneficiaria por subvenciones con cargo a este programa será de 67.500,00 €.
Personas beneficiarias
Podrán acogerse a los incentivos previstos en este programa las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.