Subvenciones para promover el autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes


  • 04/06/2020
  • 30/09/2020

PR937A - Subvenciones para promover el autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes

Fecha de publicación: 04/06/2020

Fecha inicio de solicitud: 05/06/2020

Fecha fin de solicitud: 30/09/2020

Objeto

Estas subvenciones tienen por objeto promover el autoempleo y la actividad emprendedora de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes, subvencionando los gastos que supone su establecimiento como personas trabajadoras autónomas, como socias trabajadoras de sociedades laborales o de cooperativas de trabajo asociado (Código PR937A).

Características de la ayuda

Estas ayudas tienen como objeto apoyar la promoción y desarrollo del autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes.

El importe de la subvención se incrementará en el caso de concurrir las siguientes situaciones y en los siguientes importes, que serán acumulables:

a) En caso de que la persona solicitante sea mujer: 1.000 euros.

b) En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural: 2.000 euros.

El importe máximo de la subvención concedida al amparo de esta convocatoria será de 8.000 euros.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones a las personas que, residiendo fuera de España, se establezan na Comunidade Autónoma de Galicia:

1, Las personas gallegas y nacidas en Galicia

2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia

Publicación DOG Ficha informativa en la sede electrónica

Válido desde: 
Jueves, 4 Junio, 2020
Válido hasta: 
Miércoles, 30 Septiembre, 2020