Subvenciones para promover el autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes
- 04/06/2020
- 30/09/2020
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Etapa
PR937A - Subvenciones para promover el autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes
Fecha de publicación: 04/06/2020
Fecha inicio de solicitud: 05/06/2020
Fecha fin de solicitud: 30/09/2020
Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto promover el autoempleo y la actividad emprendedora de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes, subvencionando los gastos que supone su establecimiento como personas trabajadoras autónomas, como socias trabajadoras de sociedades laborales o de cooperativas de trabajo asociado (Código PR937A).
Características de la ayuda
Estas ayudas tienen como objeto apoyar la promoción y desarrollo del autoempleo de las personas gallegas retornadas y de sus descendientes.
El importe de la subvención se incrementará en el caso de concurrir las siguientes situaciones y en los siguientes importes, que serán acumulables:
a) En caso de que la persona solicitante sea mujer: 1.000 euros.
b) En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural: 2.000 euros.
El importe máximo de la subvención concedida al amparo de esta convocatoria será de 8.000 euros.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones a las personas que, residiendo fuera de España, se establezan na Comunidade Autónoma de Galicia:
1, Las personas gallegas y nacidas en Galicia
2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia