Ayudas a familias con niñas y niños para la conciliación en la situación generada por el COVID-19


  • 12/06/2020
  • 13/07/2020
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BS900C - Ayudas a las familias con niñas y niños de hasta 12 años para la conciliación en la situación generada por el COVID-19 - Bono Cuidado extraordinario - 2020

Fecha de publicación: 12 de junio de 2020

Fecha inicio de solicitud: 13 de junio de 2020

Fecha finalización de solicitud: 13 de julio de 2020

Objeto

As bases teñen por objeto establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas económicas a las familias con niños y niñas de hasta doce años de edad, estos incluidos, que tengan su residencia en Galicia para la conciliación de la vida familiar y laboral durante el tiempo de suspensión de actividad en las escuelas infantiles 0-3 y centros de enseñanza no universitaria como consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19.

Características de la ayuda

Podrán ser objeto de estas ayudas las siguientes actuaciones dirigidas a la atención de niños y niñas menores de 12 años y realizadas dentro del período indicado en el artículo 5.2:

a) Contratación de servicios de atención a la infancia a domicilio. 

b) Contratación laboral de una persona empleada del hogar destinada al cuidado de los niños y niñas. Se considerarán también en este supuesto las ampliaciones de contratos laborales preexistentes que se realicen con esta finalidad.

c) Pase a situación de excedencia por cuidado de hijos/as, o reducción de la jornada de trabajo por la misma causa del/de la padre/madre, tutor/a, o la/s persona/s que tengan el niño o niña en situación de acogimiento familiar o guarda preadoptiva, siempre que suponga una reducción efectiva en las retribuciones.

Se considerarán también las reducciones de la jornada de trabajo preexistentes que se adaptaran o modificaran con esta finalidad. No serán objeto de subvención los períodos durante los que se perciba la prestación por nacimiento o cuidado de persona menor en el marco de la normativa de la Seguridad Social.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Bono Cuidado extraordinario los/las padres/madres, tutores/las, o las personas que tengan en situación de acogimiento familiar o guarda preadoptiva niños/as de hasta doce años de edad residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren en los supuestos siguientes:

a) Tener una niña o un niño nacida/o con posterioridad al 31 de agosto de 2007.

b) Ambos progenitores, o el único en el caso de familias monoparentales o progenitores con custodia no compartida, trabajando.

En los supuestos de custodia compartida, este requisito se entenderá referido al tiempo en el que esta se ejerza efectivamente, debiendo presentar, en estos casos, cada progenitor una solicitud individual.

c) Tener unos salarios netos de la unidad familiar de la última mensualidad respeto del momento de presentación de la solicitud, detrayendo el porrateo de la paga extraordinaria se la hubiere, o los rendimientos netos de la unidad familiar en el caso de personas trabajadoras autónomas, no superen los 2.500 € o, de superarlos, no sean superiores a los 806 € per cápita.


Publicación Boletín Ficha sede

Válido desde: 
Viernes, 12 Junio, 2020
Válido hasta: 
Lunes, 13 Julio, 2020