Subvenciones para para la implantación y el impulso de la estrategia digital y modernización del sector comercial y artesanal - 2021
- 04/05/2021
- 04/06/2021
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Etapa
CO300C - Subvenciones para la implantación e impulso de la estrategia digital y modernización del sector comercial y artesanal - 2021
Fecha de publicación: 04/05/2021
Fecha inicio de solicitud: 05/05/2021
Fecha fin solicitud: 04/06/2021
Objeto
Las bases y convocatoria regulan el contenido y procedimiento de tramitación de las subvenciones para la innovación, la digitalización y la implantación de nuevas fórmulas de comercialización y expansión del sector comercial y artesanal.
Características de la ayuda
Para comerciantes minoristas y titulares de talleres artesanos.
1. Línea de digitalización comercial:
a) Impulso a la transformación digital: implantación y actualización de páginas web con venta en línea e implantación y actualización de webs comerciales.
b) Optimización y agilización de los procesos comerciales: implantación de herramientas de gestión y de sistemas integrados para la planificación de recursos empresariales comerciales y de software adecuados a las necesidades de la empresa, así como las tabletas asociadas con esta actuación.
c) Actuaciones de comunicación,publicidad y herramientas de marketing 4.0, en internet o utilizando nuevas tecnologías.
d) Actuaciones de comercialización digital. La participación en eventos efímeros o ferias digitales, de carácter comercial o artesanal, nacionales o extranjeros.
e) Logística e-commerce.
f) Logística e-commerce sostenible en el kilómetro cero.
2. Adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal.
Para comerciantes minoristas y titulares de talleres artesanos.
Se consideran actuaciones subvencionables la adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal, que deberán ser en todo caso de primer uso, en concreto:
Maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, que mejoren el diseño y calidad del producto final.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que en todo caso cumplan, además, los siguientes requisitos:
1. Comerciantes minoristas:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Que, teniendo la condición de pyme emplee a menos de veinte (20) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.
c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en los anexos II y III y que este constituya la actividad principal de la persona solicitante. En caso de que la actividad principal sea una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
d) Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.
2. Talleres artesanos:
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En el caso de nuevos talleres, tendrán de plazo hasta el último día de plazo para la presentación de solicitudes para solicitar la inscripción en dicho registro.