Ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres - 2022


  • 08/02/2022
  • 19/04/2022
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BDNS609260 - Ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres - 2022

Fecha de publicación: 08/02/2022

Fecha inicio de solicitud: 17/02/2022

Fecha finalización de solicitud: 19/04/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar la convocatoria de las ayudas a la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Características de la ayuda

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. La financiación concedida tendrá los siguientes límites:

Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por por entidad beneficiaria. La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales.

En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior a la concedida en virtud de la presente convocatoria.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Se podrán financiar los siguientes gastos: Inversiones en equipos, gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo II de la convocatoria, materiales, colaboraciones externas / asesoría y otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor.

Personas beneficiarias

Podrán adquirir la condición de beneficiarias las pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres según los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria,  constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

Asimismo, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, en su caso, en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda de la convocatoria.


Publicación BOE Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Martes, 8 Febrero, 2022
Válido hasta: 
Martes, 19 Abril, 2022