Subvenciones para la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas - 2022
- 18/05/2022
- 20/06/2022
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Etapa
TR301P - Subvenciones para la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas - 2022
Fecha de publicación: 18/05/2022
Fecha inicio de solicitud: 19/05/2022
Fecha finalización de solicitud: 20/06/2022
Objeto
Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las subvenciones de las acciones formativas para el empleo en unidades formativas en las empresas y con compromiso de contratación.
Se entiende por unidad formativa de la empresa, la formación con compromiso de contratación impartida con medios propios de la beneficiaria, o a través de una entidad contratada en los términos establecidos, que tenga por objeto la realización de las acciones formativas solicitadas y relacionadas con su actividad empresarial.
Características de la ayuda
Serán subvencionables las acciones formativas para el empleo con compromiso de contratación en la Comunidad Autónoma de Galicia, que guarden relación con la actividad empresarial de las entidades solicitantes y estén incluidas en el Catálogo de especialidades formativas en el marco del Sistema de formación para el empleo en el ámbito laboral.
A estos efectos, podrán solicitarse especialidades formativas no conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad incluidas en el Catálogo de especialidades formativas en el marco del Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Asimismo, podrán solicitarse especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad que no estén incluidas en el Catálogo de especialidades formativas.
Cada acción formativa incluirá el compromiso de contratación, en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, de un mínimo del 40 % del alumnado aprobado y/o formado, atendiendo a la definición que de ambos perfiles se recoge en la orden, redondeado al entero superior.
El contrato de trabajo se concertará por tiempo indefinido. En el supuesto de contrato por tiempo indefinido a tiempo parcial, el mínimo de la jornada será del 50 % de la correspondiente a una persona trabajadora a tiempo completo comparable.
Personas beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, y las agrupaciones temporales de empresas que presenten solicitud conjunta, mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.
Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que sean entidades de formación y que sean titulares de centros o entidades de formación inscritos para impartir formación profesional para el empleo en el ámbito laboral de la Comunidad Autónoma de Galicia en aquellas especialidades formativas para las cuales soliciten subvención.