Línea de avales ICO RD-l 6/2022- Consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania - 2022


  • 08/06/2022
  • 01/12/2022

Línea de avales ICO RD-l 6/2022- Consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania - 2022

Fecha de publicación: 08/06/2022

Fecha inicio de solicitud: 09/06/2022

Fecha finalización de solicitud: 01/12/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar la línea de avales públicos con el fin de dar dar cobertura a la financiación otorgada por entidades financieras supervisadas a personas trabajadoras autónomas y empresas, que les permita hacer frente a las necesidades de liquidez en la actual coyuntura.

Características de la ayuda

La finalidad de esta Línea de Avales es cubrir la parte correspondiente del principal de las nuevas operaciones de financiación concedidas por entidades financieras supervisadas a empresas y personas trabajadoras autónomas, pertenecientes a todos los sectores productivos con excepción del sector financiero y de seguros, que se encuentren afectadas por los efectos económicos de la guerra en Ucrania, como el incremento de los precios de la energía, materias primas o electricidad.

La financiación avalada se destina a cubrir las necesidades de liquidez de las empresas y personas trabajadoras autónomas (gastos corrientes, capital circulante e inversiones).

Las personas trabajadoras autónomas y empresas podrán acceder a dos tipos de avales en función del importe avalado y de la financiación:

Si el importe avalado es inferior a 400.000 euros por beneficiario (35.000 euros en el caso de empresas del sector agrario, acuicultura y pesca) en una o varias operaciones, y se rige por lo marcado en el apartado 2.1 del Marco Temporal de la UE:

- El aval ascenderá como máximo al 80% del principal de las operaciones.

- Plazo máximo: 10 años.

Cuando el beneficiario haya superado el límite acumulado de ayudas de 400.000 euros que establece la normativa de la UE (35.000 euros en el caso de empresas del sector agrario, acuicultura y pesca), o cuando así lo solicite el autónomo o empresa aunque no haya superado el citado límite, las operaciones avaladas se regirán por lo establecido en la sección 2.2 del nuevo Marco Temporal:

- El importe total de la financiación avalada no podrá superar el mayor de:

- El 15 % del volumen de negocios anual medio total del beneficiario durante los tres últimos ejercicios cerrados, si el beneficiario hubiera estado en funcionamiento durante ese tiempo, o durante el tiempo que hubiera estado en funcionamiento si fuera menor a tres años,

- El 50 % de los costes de la energía en los doce meses anteriores al mes en el que se presente la solicitud de financiación a la entidad financiera, costes que deberán ser acreditados por un proveedor de energía o de servicios técnicos independientes.

- En el caso de personas trabajadoras autónomas y pymes el aval ascenderá como máximo al 80% del principal de la operación.

- Para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá como máximo el 70% del principal de la operación.

- Plazo máximo: 8 años.

Personas beneficiarias

Serán beneficiarias de esta línea de avales las personas trabajadoras autónomas, pymes y empresas.


Más información

Válido desde: 
Miércoles, 8 Junio, 2022
Válido hasta: 
Jueves, 1 Diciembre, 2022