Ayudas y de los préstamos parcialmente reembolsables para la financiación de los proyectos de inversión empresarial - 2022


  • 12/08/2022
  • 30/09/2022
Accede desde aquí

IG408A - Ayudas y de los préstamos parcialmente reembolsables para la financiación de los proyectos de inversión empresarial - 2022

Fecha de publicación: 12/08/2022

Fecha inicio de solicitud: 13/08/2022

Fecha finalización de solicitud: 30/09/2022

Objeto

Esta rsolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas y, en su caso, de préstamos parcialmente reembolsables, para la financiación de proyectos de inversión empresarial de las siguientes modalidades:

1. Proyectos de inversión empresarial generales.

2. Proyectos de inversión empresarial en el sector de alojamiento.

3. Proyectos de inversión en equipamiento productivo.

Los proyectos de inversión objeto de apoyo deberán responder a alguna de las tipologías de proyectos subvencionables establecidas en el cuadro de especificaciones (apartado A.1), para cada una de las modalidades incluidas en el anexo I.

Asimismo, deberán cumplir los requisitos específicos establecidos, para cada tipología de cada modalidad del anexo I, (apartado A.2) del cuadro de especificaciones.

El importe de la inversión subvencionable de los proyectos para los que se solicita la ayuda y, en su caso, préstamo, deberá estar incluido dentro de los límites indicados para cada modalidad del anexo I (apartado A.3) del cuadro de especificaciones.

Características de la ayuda

Serán subvencionables las inversiones proyectadas para el desarrollo de las actividades relacionadas, para cada modalidad del anexo I, en el apartado B) del cuadro de especificaciones.

Serán subvencionables las inversiones en activos fijos, que estén vinculados al proyecto para el que se solicita la ayuda y, en su caso, el préstamo, y que se materialicen en los conceptos que se relacionan para cada modalidad del anexo I, en el apartado C) del cuadro de especificaciones.

Los activos adquiridos deberán ser nuevos, excepto para la adquisición de construcciones o inmuebles en los casos y con los requisitos en que así se prevea expresamente en el apartado C) del cuadro de especificaciones del anexo I.

Las pymes interesadas podrán presentar un máximo de dos solicitudes de ayuda al amparo de las líneas reguladas en las presentes bases reguladoras. En todo caso, el importe de la inversión subvencionable acumulada para todas las solicitudes de un mismo solicitante en esta convocatoria no excederá de 1.200.000 €. Para estos casos, será de aplicación, cuando proceda, lo previsto en el párrafo anterior, y la cuantía máxima acumulada a la que se ajustará la inversión subvencionable será la de 1.200.000 €.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas y préstamos las pequeñas y medianas empresas que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo de lo regulado en las bases.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Viernes, 12 Agosto, 2022
Válido hasta: 
Viernes, 30 Septiembre, 2022