Subvenciones para el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico - 2023
- 30/12/2022
- 30/01/2023
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Etapa
CO300G - Subvenciones para el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico - 2023
Fecha de publicación: 30/12/2022
Fecha inicio de solicitud: 31/12/2022
Fecha remate de solicitud: 30/01/2023
Objeto
Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas de apoyo a la financiación de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible, dirigidos a impulsar el empleo de las nuevas tecnologías en el sector comercial.
Se establecen dos líneas de ayudas:
Línea destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.
Línea destinada a asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro.
Las ayudas financiadas con arreglo a esta orden se enmarcan en el componente 13, impulso a la pyme, inversión I4, apoyo al comercio, actuación 1.2, Programa de Modernización del comercio: Fondo tecnológico, del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (en adelante PRTR).
Los proyectos subvencionables en el marco del PRTR son los siguientes:
– Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y en comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (gastos referidos a la transformación digital).
– Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los/las consumidores/as como a los nuevos modelos de gestión (gastos referidos a la transformación del punto de venta).
– Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de la última milla (gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad).
– Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (gastos relativos a la sostenibilidad y economía circular).
Características de la ayuda
Se considerarán actuaciones subvencionables la implantación y puesta en marcha d
1. Programa smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio.
2. Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra.
3. Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética y de los recursos.
El porcentaje de la subvención será del 90 % de las inversiones máximas subvencionables establecidas.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes:
1. Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el establecimiento comercial para el cual se solicita la ayuda tenga carácter físico y permanente y esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea o comerciantes minoristas fuera de un establecimiento comercial permanente, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Que tenga la condición de pyme.
c) Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 ó 47 de la Clasificación nacional de actividades económicas 2009.
2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes. Las asociaciones y federaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses del sector comercial.
b) Que tengan la sede social y el ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que tengan una antigüedad mínima de tres años en la fecha de la publicación de esta orden.
d) En el caso de asociaciones de ámbito municipal, que tengan el número mínimo de comercios asociados dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE establecidos, en función de la población del ayuntamiento, que se indica a continuación:
Pobolación municipio | Mínimo comercios asociados |
---|---|
Menos de 5.000 habitantes | 10 |
Entre 5.000 y 20.0000 habitantes | 20 |
Más de 20.000 habitantes | 50 |
En todo caso, el número de comercios asociados debe representar, como mínimo, el 40 % del número de socios de la asociación.
e) En el caso de federaciones, que tengan ámbito provincial o autonómico y tengan asociadas un mínimo de 15 asociaciones de comerciantes que cumplan, además, los requisitos establecidos en la letra d).