Subvenciones para la formación mediante microcréditos, dentro de la Inversión "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva" - 2023
- 21/11/2023
- 30/09/2024
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Etapa
BDNS 727965 - Subvenciones para la formación mediante microcréditos, dentro de la Inversión "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva" - 2023
Fecha de publicación: 21/11/2023
Fecha de inicio solicitud: 22/11/2023
Fecha de finalización solicitud: 30/09/2024
Objeto
Esta Resolución tiene por objeto publicar la convocatoria de ayudas para la financiación de acciones de formación dentro del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
Esta convocatoria tiene ámbito estatal, correspondiendo la gestión, seguimiento y control al Servicio Público de Empleo Estatal.
Características de la ayuda
Estas subvenciones tendrán como finalidad la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva.
Las personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, como destinatarias finales de las ayudas, financiarán con éstas la realización de aquella formación o de aquellas acciones de formación concretas de los ámbitos contemplados que, de acuerdo con su perfil, posibiliten la adquisición y mejora de sus competencias profesionales para adaptarse a las demandas del sistema productivo, a la transformación digital y a la transición ecológica.
Se establecen dos líneas de subvención:
a) Subvenciones a personas ocupadas o desempleadas que hayan realizado alguna de las formaciones digitales, de economía verde o productiva previstas, de acuerdo con la oferta formativa existente, en los términos que se determinan.
b) Subvenciones a entidades impartidoras de formación por cada persona ocupada o desempleada formada en acciones de formación referidas a los programas formativos, incluidos en el Catálogo de Especialidades Formativas regulado en la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, determinados por el Servicio Público de Empleo Estatal, formación que ha de ser impartida y acreditada por la entidad impartidora beneficiaria de la subvención.
La concesión de ayudas en las dos líneas de subvención requerirá que la persona formada alcance la consideración de «persona participante finalizada», es decir, que asista y complete la formación en la que estuviera inscrita o matriculada, realizando la totalidad de las horas de duración de la acción de formación precisas para la obtención de la certificación o diploma que acredite la formación realizada y superada, debiendo este aspecto ser comprobable mediante el sistema de control de asistencia. Una falta de asistencia superior al 25% de la duración total de la acción de formación, aunque fuera justificada, tendrá la consideración de abandono de la misma, y no permitirá obtener la consideración indicada.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias:
a) Para la línea de subvención prevista en el apartado a): las personas trabajadoras ocupadas, tanto por cuenta ajena como personas trabajadoras pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las personas socias trabajadoras de entidades de la Economía Social, y personas desempleadas, que realicen formación en los términos establecidos.
b) Para la línea de subvención prevista en el artículo b): Las entidades impartidoras de la formación, que justifiquen la disponibilidad de instalaciones y recursos que destinarán a la impartición de la formación y el cumplimiento de los requisitos, condiciones y especificaciones de los programas formativos correspondientes, en los términos previstos.