Ayudas para la contratación de personal asalariado (segunda persona conductora) y para el pago de las pólizas de seguros en el sector de los taxis - 2025


  • 27/05/2025
  • 30/09/2025

IF401A - Ayudas para la contratación de personal asalariado (segunda persona conductora) y para el pago de las pólizas de seguros en el sector de los taxis - 2025

Fecha de publicación: 27/05/2025

Fecha inicio de solicitud: 05/06/2025

Fecha finalización de solicitud: 30/09/2025

Objeto

Esta Orden tiene por objeto las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas titulares de autorizaciones de transporte de la serie VT-N para el pago de la póliza del seguro del vehículo y la contratación de una segunda persona conductora.

a) Para la línea 1, podrán ser objeto de subvención las personas titulares de autorizaciones de transporte de la serie VT-N domiciliadas en Galicia y que estén vigentes y activas en la fecha de presentación de la solicitud y en la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.

b) Para la línea 2, podrá ser objeto de subvención la contratación de una segunda persona conductora, a jornada completa y con dedicación exclusiva, realizadas dentro del período subvencionable, que comprende desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas incluidas, por las personas titulares de autorizaciones VT-N domiciliadas en Galicia y que estén vigentes y activas en la fecha de la presentación de la solicitud y en la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.

Características de la ayuda

Con cargo a la línea 1, será subvencionable el pago de una parte de la póliza del seguro pagada en el período subvencionable, que comprende desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas incluidas, salvo en los supuestos en los que el pago se realice de manera periódica o fraccionada, supuesto en el que tendrá que haber pagado, como mínimo, el importe al que asciende la ayuda de la línea 1 con anterioridad a la resolución de concesión.

Con cargo a la línea 2 será subvencionable la contratación de una segunda persona conductora que reúna las siguientes condiciones:

a) Contrataciones de una segunda persona conductora, a jornada completa y con dedicación exclusiva, realizada en el período subvencionable, que comprende desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas incluidas.

b) Pago de la póliza del seguro, tras la contratación de la persona conductora adicional. En el supuesto de que el pago se realice de manera periódica o fraccionada, tendrá que haber pagado, como mínimo, el importe al que asciende la ayuda de la línea 2 con anterioridad a la resolución de concesión.

c) La contratación del seguro debe tener una vigencia mínima de 6 meses.

d) Añadir la segunda persona conductora en los títulos habilitantes para la prestación de la actividad de taxi.

La cuantía de la ayuda, por cada autorización VT-N, será la siguiente:

Línea 1: 240 €.

Línea 2: 2.000 €.  

Las dos líneas de subvención son compatibles entre sí con carácter acumulativo y se declaran compatibles, en su caso, con otras aportaciones, ayudas o subvenciones que para la misma finalidad o línea pueda obtener la persona beneficiaria; no obstante, la suma total de todas ellas nunca podrá superar el coste de la actividad subvencionada.

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos, las personas físicas titulares de autorizaciones administrativas de transporte vigentes, documentadas en tarjetas de la serie VT-N, expedidas por la Dirección General de Movilidad o por los servicios de Movilidad competentes.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Martes, 27 Mayo, 2025
Válido hasta: 
Martes, 30 Septiembre, 2025