Ayudas para la mejora de la capacidad de la innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño e innovación (programa Igape Innova) - 2026

- 16/01/2026
- 16/02/2026
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Etapa
IG408L - Ayudas para la mejora de la capacidad de la innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño e innovación (programa Igape Innova) - 2026
Fecha de publicación: 16/01/2026
Fecha inicio de solicitud: 17/01/2026
Fecha finalización de solicitud: 16/02/2026
Objeto
Esta Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar las ayudas destinadas a pequeñas y medianas empresas (pymes) y grandes empresas con centro de trabajo en Galicia, con el objetivo de incrementar la capacidad innovadora de las mismas, mediante la introducción de innovaciones significativas que incrementen su competitividad, a través de la aplicación del diseño, de la generación e incorporación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos y a la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido.
Igape Innova financiará actividades integradas en planes de diseño e innovación, según su finalidad, mediante las siguientes líneas de actuación:
Línea 1. Planes de innovación en procesos y organización.
Línea 2. Planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad.
Características de la ayuda
Los planes de innovación y diseño estarán constituidos por un conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, diseño, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora y de diseño dando lugar a diferencias sustanciales, no exclusivamente tecnológicas, con las prácticas anteriores.
Las actuaciones deben circunscribirse al estudio, diseño, puesta en marcha y validación de las innovaciones a nivel de pilotos o demostrativos, con la finalidad de diferenciar estos de las implantaciones con carácter productivo y comercial en la empresa, que tendrían la consideración de actuaciones y costes corrientes.
Las actividades asociadas a los planes deberán de estar alineadas con los retos de la RIS3 Galicia.
Las condiciones particulares de cada línea y, por lo tanto, de cada plan, son las que se detallan a continuación:
a) Línea 1. Planes de innovación en procesos y organización.
1°. Innovación en procesos.
Una innovación en procesos hace referencia a un proceso nuevo o mejorado para una o más funciones de negocio que difieren significativamente del proceso de negocio anterior de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa.
2°. Innovación en organización.
Método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones, que difieren significativamente de los métodos anteriores de la empresa y que se ponen en uso por primera vez. La innovación tiene un alcance o percepción a nivel de empresa, siendo para esta la novedad o mejora significativa, aunque no lo sea para su sector o mercado.
b) Línea 2. Planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad.
1°. Diseño de producto/servicio.
Podrán presentarse solicitudes a una o ambas dos líneas de la presente resolución.
Cada línea recogerá actividades diferenciadas que estarán incluidas en planes de innovación en procesos y organización (en el caso de la Línea 1) y en planes de diseño para la innovación (en el caso de la Línea 2).
Los planes reunirán, necesariamente, las siguientes características:
a) Constituirán un conjunto completo y coherente de actividades para cada una de las líneas, incluidas en las respectivas memorias descriptivas de la solicitud, y permitirán implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras y de diseño de la empresa solicitante.
b) El presupuesto subvencionable para cada plan, el cual incluye el 20 % de los costes indirectos, será de un mínimo de 50.000 euros y de un máximo de 250.000 euros por plan.
c) La duración máxima de cada plan será hasta el 30 de septiembre de 2027; la presentación de un plan con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
La cuantía máxima de la ayuda que puede ser concedida a cada empresa beneficiaria se determinará sobre la inversión total que se subvenciona y será conforme a los límites de intensidad previstos en los artículos 25, 28 y 29 del Reglamento (UE) 651/2014, según la siguiente tabla:
| Línea | Plan / Presupuesto | Subvención Pyme | Pyme |
| Liña 1: Plan de innovación | De 50.000 € a 250.000 € | De 25.000 € a 125.000 € | 50 % |
| Liña 2: Plan de diseño |
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas gallegas (en adelante, pymes) o con un centro de trabajo en Galicia para las líneas 1 y 2.
A los efectos de las presentes bases, se considerarán pymes las empresas que, a la fecha de la solicitud, respondan a la definición de pyme establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 y con forma jurídica de sociedad mercantil..