Emprendou - Subvenciones Proyectos Empresariales y de autoempleo - 2019 - 2020


  • 30/11/2019
  • 30/06/2020
Accede desde aquí

483429 -  Programa EmprendOu - Subvenciones Proyectos Empresariales y de autoempleo - 2019 - 2020

Fecha de publicación: 29 de noviembre de 2019

Fecha de inicio solicitud: 30 de noviembre de 2019

Fecha de remate solicitud: 30 de junio de 2020

Objeto

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la concesión de las subvenciones que otorgue a Diputación Provincial de Ourense, en régimen de concurrencia no competitiva, a personas físicas que lleven a cabo proyectos empresariales y/o de autoempleo en municipios rurales en declive demográfico de la provincia de Ourense durante el ejercicio 2019, en el marco del proyecto EmprendOu.

Características de la ayuda

La subvención a la que podrán acceder las personas solicitantes consistirá en una ayuda económica equivalente al 75 % del salario mínimo interprofesional por cada mes de ejercicio efectivo de la actividad subvencionada, con un mínimo de 6 meses y un máximo de 12 meses.
Para estos efectos, se considerará salario mínimo interprofesional el vigente en cada momento en el que se realice la actividad subvencionada.

Personas beneficiarias:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que, a partir de 8 de enero de 2019, desarrollen actividades empresariales o profesionales por cuenta propia en alguno de los municipios recogidos en el anexo de la convocatoria siempre que cumplan además los siguientes requisitos, referidos a la fecha de inicio de la actividad subvencionable o a la fecha específica que se indica en cada caso:
a) Ser mayor de 16 años y menor de 30 años de edad.
b) Encontrarse inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
c) Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo
o de Suiza, o ser extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
d) Estar dado de alta como residente en el padrón de alguno de los municipios orensanos elegibles recogidos en el anexo de la convocatoria, en la fecha de alta en la actividad y durante todo el período subvencionable. El centro de trabajo de la actividad tendrá que situarse en ese mismo municipio.
e) No haber trabajado, ni recibido acciones educativas o formativas en el día natural anterior al inicio de la actividad subvencionable.
f) Estar dado de alta en la Seguridad Social en cualquier régimen para el ejercicio de actividades por cuenta propia, o como ejerciente en una mutualidad colegial, a partir del inicio de la actividad subvencionable y durante un período ininterrumpido
mínimo de seis meses desde lo inicio de dicha actividad.
g) Estar dado de alta para la actividad subvencionada en el municipio elegible en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal Tributaria.

Publicación BOP Ficha informativa Modificación Bases

Válido desde: 
Sábado, 30 Noviembre, 2019
Válido hasta: 
Martes, 30 Junio, 2020