Subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas - 2022


  • 25/01/2022
  • 25/02/2022
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MR708A - Subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas - 2022

Fecha de publicación: 25/01/2022

Fecha inicio de solicitud: 26/01/2022

Fecha final de solicitud: 25/02/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las subvenciones a proyectos de inversión en actividades no agrícolas, que se adjuntan a esta resolución como anexo I de la Resolución publicada.

Los proyectos se podrán localizar en cualquier territorio de Galicia, excepto las siguientes parroquias:

Parroquia

Municipio

Parroquia

Municipio

TEMPLE (EL) (SANTA MARIA)

A Coruña

OURENSE

Ourense

CORUÑA (A)

A Coruña

MONTEALEGRE (LA MILAGROSA)

Ourense

OZA (SANTA MARIA DE)

A Coruña

VISTA FERMOSA (SAN XOSE)

Ourense

VIÑAS (SAN CRISTOBAL DAS)

A Coruña

PONTEVEDRA

Pontevedra

VISMA (SAN PEDRO DE)

A Coruña

LEREZ

Pontevedra

ALMEIRAS (SAN XIAN)

Culleredo

MOURENTE

Pontevedra

BURGO (O) (SANTIAGO)

Culleredo

SALCEDO

Pontevedra

RUTIS (SANTA MARIA)

Culleredo

VIRXE DO CAMIÑO (A)

Pontevedra

FERROL

Ferrol

POIO (SAN SALVADOR P.)

Poio

TRASANCOS (SANTA ICIA)

Ferrol

VIGO

Vigo

NARON

Narón

ALCABRE

Vigo

PERILLO (SANTA LEOCADIA)

Oleiros

CANDEAN

Vigo

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Santiago Compostela

CASTRELOS

Vigo

SANTIAGO (SAN CAETANO)

Santiago Compostela

COMESAÑA

Vigo

SANTIAGO (SAN LAZARO)

Santiago Compostela

FREIXEIRO

Vigo

SANTIAGO (SAN XOAN DE FORA)

Santiago Compostela

LAVADORES

Vigo

LUGO

Lugo

NAVIA

Vigo

VALENZA (A) (SAN BERNABE)

Barbadás

SARDOMA

Vigo

 

 

TEIS

Vigo

 

Características de la ayuda

Serán subvencionables los proyectos destinados a:

a) Adquisición de maquinaria y equipamiento con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

1º) Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante lo anterior, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.

2º) Transformación y/o comercialización de productos agrarios, cuando el producto final del proceso de transformación y/o comercialización derivado de las inversiones no esté incluido en el anexo I del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). No obstante lo anterior, para este sector de actividad se excluirán aquellos proyectos con un presupuesto elegible superior a 60.000 €.

3º) Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios de maquinaria agrícola y forestal y de las empresas de servicios energéticos.

4º) Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas-escuela...).

5º) Actividades de ocio, recreativas y deportivas.

6º) Artesanía y actividades artesanales.

7º) Actividades basadas en la innovación tecnológica y en el comercio electrónico.

8º) Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.

9º) Comercio al por menor de productos no incluidos en el anexo I del TFUE.

b) Puesta en marcha de nuevas actividades empresariales no agrícolas en las aldeas modelo declaradas con anterioridad a la publicación de la correspondiente convocatoria de estas ayudas, en los mismos sectores y ámbitos de actividad señalados en la letra a)

La ayuda será del 45 % de los gastos subvencionables.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras, siempre que cumplan los demás requisitos previstos en ellas:

a) Las microempresas y las pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2021.

b) Personas físicas que residan en una zona rural. 

c) Titulares de una explotación agraria, o miembros de su unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.


Publicación DOG

Corrección errores

Corrección bases reguladoras

Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Martes, 25 Enero, 2022
Válido hasta: 
Viernes, 25 Febrero, 2022