Kit Digital - Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I - 2022


  • 26/02/2022
  • 31/12/2024
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Programa Kit Digital - Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I - 2022

Fecha de publicación: 26 de febrero de 2022

Fecha de inicio solicitud: 15 de marzo de 2022

Fecha de finalización solicitud: 31 de diciembre de 2024 - nueva fecha

¡Aviso! Red.es publica la Guía de presentación de solicitudes para facilitar la solicitud de la ayuda del Segmento I.

Objeto

Las subvenciones reguladas y convocadas por esta resolución tienen por objeto promover la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el citado Segmento I, seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, aplicando el criterio establecido en el artículo 16 de las Bases Reguladoras y conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la Convocatoria.

Características de la ayuda

Las ayudas ("bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), al estar dirigidas únicamente al Segmento I.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas empresas (según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado) y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento I (Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 personas empleadas) que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras.


Publicación BOE

Publicación modificación convocatoria Segmento I BOE

Publicación modificación fecha fin Segmento I BOE

Ficha informativa sede electrónica

Bases reguladoras

Modificación bases reguladoras

Modificación II bases reguladoras

Modificación III bases reguladoras

Ampliación plazo

Válido desde: 
Sábado, 26 Febrero, 2022
Válido hasta: 
Martes, 31 Diciembre, 2024