Ayudas a la incorporación de personas jóvenes a la actividad agraria - 2023


  • 26/01/2023
  • 27/02/2023
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MR404A - Ayudas a la incorporación de personas jóvenes a la actividad agraria - 2023

Fecha de publicación: 26/01/2023

Fecha inicio de solicitud: 27/01/2023

Fecha finalización de solicitud: 27/02/2023

Objeto

Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas para el año 2023 incluidas en el Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, en régimen de concurrencia competitiva, en concreto para ayudar a la creación de empresas para las personas agricultoras jóvenes.

Características de la ayuda

La primera instalación de una persona agricultora joven deberá realizarse mediante alguna de las siguientes modalidades:

a) Modalidad 1: acceso mediante titularidad exclusiva de una explotación preexistente o de nueva creación.

b) Modalidad 2: acceso mediante cotitularidad de una explotación agraria.

c) Modalidad 3: integración como persona socia en una entidad asociativa, preexistente o de nueva constitución.

d) Modalidad 4: acceso mediante titularidad compartida de la explotación.

e) Modalidad 5: acceso cuando, siendo titular de una explotación agraria cuyo margen neto no supere el 20 % de la renta de referencia, pase a ser titular de una explotación prioritaria.

f) Modalidad 6: acceso cuando, siendo titular de una explotación agraria con unos niveles de dedicación de tiempo de trabajo y de renta unitaria de trabajo inferior a los mínimos establecidos para los titulares de explotaciones prioritarias, alcance esta consideración en calidad de agricultor a título principal.

La ayuda se concederá por la ejecución del plan empresarial y consistirá en una prima cuya cuantía básica, calculada de acuerdo con una estimación de los costes de la Seguridad Social de la persona joven durante los cinco años de permanencia mínima en la actividad agraria, establecida en 25.000 euros, y podrá incrementarse en las siguientes situaciones, sin que la ayuda total supere los 70.000 €:

a) De acuerdo con el volumen de gasto cuya necesidad o conveniencia esté especificada en el plan empresarial:

– De 20.000 a 30.000 €: la cuantía básica se incrementa en 12.500 €.

– De 30.001 a 40.000 €: se incrementa en 17.500 €.

– De 40.001 a 60.000 €: se incrementa en 25.000 €.

– De 60.001 a 80.000 €: se incrementa en 31.500 €.

– De 80.001 a 100.000 €: se incrementa en 40.500 €.

– Más de 100.001 €: se incrementa en 45.000 €.

b) Creación de por lo menos una UTA de empleo adicional a tiempo completo en la explotación durante toda la duración del tiempo de compromisos, cinco años, además de la mano de obra correspondiente a la persona joven instalada: 20.000 €.

c) Instalación en una explotación localizada en una zona con limitaciones naturales u otras limitaciones especificas recogidas en el artículo 32 del Reglamento (UE) nº 1305/2013: 5.000 €.

Personas beneficiarias

Las personas que deseen acceder a las ayudas a la incorporación de personas agricultoras jóvenes a la actividad agraria deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener entre 18 y 40 años de edad, ambos incluidos.

b) Cumplir la condición de persona agricultora profesional dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de instalación.

c) Poseer el nivel de capacitación profesional suficiente en el momento de la solicitud de la ayuda, según se establece en el Decreto 200/2012, de 4 de octubre, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, o comprometerse a adquirirlo en un plazo improrrogable de 36 meses desde la fecha de instalación.

d) La explotación en que se produce la instalación debe alcanzar, cuando finalice su plan empresarial, una renta unitaria de trabajo igual o superior al 35 % de la renta de referencia anual e inferior al 120 % de esta.

e) Instalarse en una explotación que alcance la dimensión física mínima establecida en el anexo IV.

f) Presentar un plan empresarial de acuerdo con el anexo IV. 

g) Ejercer el control efectivo de la explotación.

h) No ser titular de una explotación agraria, salvo en las excepciones establecidas en la orden de la convocatoria.


Publicación DOG

Corrección errores

Ficha informativa sede electrónica

Válido desde: 
Jueves, 26 Enero, 2023
Válido hasta: 
Lunes, 27 Febrero, 2023