Ayudas para la elaboración e implantación de planes de igualdad - 2023


  • 10/02/2023
  • 10/03/2023
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TR357C - Ayudas para la elaboración e implantación de planes de igualdad - 2023

Fecha de publicación: 10/02/2023

Fecha inicio de solicitud: 11/02/2023

Fecha finalización de solicitud: 10/03/2023

Objeto

Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas e incentivos a pymes, a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a cargo y para implantar la igualdad laboral.

Características de la ayuda

Podrán ser objeto de subvención, bien de manera conjunta o bien por separado, los siguientes conceptos:

a) Los costes de la elaboración de una diagnosis de la empresa desde la perspectiva de género.

b) Los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en la diagnosis previa.

c) Los costes derivados de la implantación de las medidas previstas en el plan de igualdad que ya haya aprobado la entidad para su primer año de vigencia. No podrá solicitarse ayuda por este concepto en la misma convocatoria en la que se soliciten los supuestos a) y b).

d) La contratación, en el grupo de cotización 1 o 2, a jornada completa y, como mínimo, de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad, con el objeto de asesorar y coordinar en cualquiera de las fases de elaboración e implantación del plan de igualdad.

La cuantía de la ayuda podrá ascender hasta:

a) Hasta el 80 % de los costes que conlleve el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € en los demás supuestos.

b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.

c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.

d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación, como mínimo, de un año de una persona experta en igualdad, siendo compatible con las ayudas contempladas en los apartados a), b) y c).

Personas beneficiarias

Podrán ser peronas beneficiarias de esta ayuda las pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena (como mínimo con diez personas trabajadoras y con un máximo de 49) con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

Las solicitantes deberán encontrarse en alguno de los supuestos siguientes:

a) Empresas que implanten de una manera voluntaria un plan de igualdad en los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios.

b) Cuando la empresa implante, en cumplimiento de la obligación establecida en un convenio colectivo de ámbito superior a la empresa, un plan de igualdad en los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios.

Válido desde: 
Viernes, 10 Febrero, 2023
Válido hasta: 
Viernes, 10 Marzo, 2023