Programa Ticket Innova
- 13/01/2025
- 30/09/2025
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Etapa
IG408K - Programa Ticket Innova
Fecha de publicación: 13/01/2025
Fecha inicio de solicitud: 21/01/2025
Fecha fin de solicitud: 30/09/2025
Objeto
La finalidad de estas ayudas es la de incentivar el uso de servicios para el desarrollo tecnológico y la innovación por las pequeñas y medianas empresas (pymes), en especial, por las pertenecientes a sectores tradicionales no intensivos en innovación.
Características de la ayuda
Serán subvencionables los costes de contratación de servicios externos especializados en materia de innovación y desarrollo tecnológico (empresas especializadas en innovación y centros tecnológicos) efectuados desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de la solicitud de la ayuda. El importe mínimo de gasto subvencionable deberá alcanzar los 10.000 €.
No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas.
Las contrataciones relativas a la prestación de los servicios asociados a los tickets de innovación tendrán que estar realizadas y pagadas dentro del plazo de ejecución, que abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.
Existen 6 modalidades de tickets Innova:
a) Estrategia y gestión de la innovación.
b) Diseño para la innovación.
c) Gestión de la protección del conocimiento de la innovación.
d) Certificaciones para las deducciones fiscales en I+D+i.
e) Preparación de propuestas a programas y ayudas europeas.
f) Diseño de nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales emergentes.
Los gastos que se subvencionan deberán respetar lo establecido en esta convocatoria y serán exclusivamente costes directos.
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas gallegas (en adelante, pymes) o con un centro de trabajo en Galicia.
A los efectos de las presentes bases, se considerarán pymes las empresas que, a la fecha de la solicitud, respondan a la definición de pyme establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, y con forma jurídica de sociedad mercantil.