Programa de ayudas para implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (RSE) - 2026


  • 18/02/2026
  • 18/03/2026

TR357B - Programa de ayudas para implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (RSE) - 2026

Fecha de publicación: 18/02/2026

Fecha inicio de solicitud: 19/02/2026

Fecha finalización de solicitud: 18/03/2026

Objeto

Esta Orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas e incentivos a pymes y a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a cargo para .

Características de la ayuda

Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: Empresa Familiarmente Responsable-EFR (conciliación); Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Global Compact (Pacto Mundial); ISO 37301; SGE 21; Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente); ISO 16064; UNE-ISO 21401; ISO 50001; SA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ISO 45001 (seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable, asimismo, sello horarios racionales (SHR) y certificación en bienestar laboral.

Será el pago del 80 % de la totalidad de los costes de la certificación obtenida con un máximo de 2.000 € por empresa.

El porcentaje subvencionable de los costes de consultoría no podrá exceder del 30 % de la subvención.

Personas beneficiarias

Las empresas beneficiarias podrán ser pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

Para la línea III también podrán presentar solicitud las empresas con centros de trabajo en Galicia.

Las entidades sin ánimo de lucro podrán presentar solicitudes para la línea III.

Para la línea III, las empresas deberán contar con un mínimo de 5 personas trabajadoras.

Será necesario que las entidades solicitantes tengan una tasa de estabilidad cuando menos del 50 % desde el 1 de enero de 2025 y durante todo el período de ejecución de las ayudas. Para el cálculo de este porcentaje solo se tendrán en cuenta las personas trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo completo sobre el total de los contratos de las personas trabajadoras de la empresa.


Publicación boletín

Ficha informativa sede

Válido desde: 
Miércoles, 18 Febrero, 2026
Válido hasta: 
Miércoles, 18 Marzo, 2026