3 de julio, celebración del Encuentro Autónom@s Galicia 2017
Bajo el lema "Nuestro autónomos, nuestra fuerza" tendrá lugar el próximo 3 de julio, en la Fundación Ciudad de la Cultura de Santiago de Compostela, el Encuentro Au
Legalmente sí es posible hacerlo. La única limitación al respeto podría venir por la existencia de incompatibilidades o pactos en contrario en el contrato de trabajo firmado por cuenta ajena (por cuestiones relacionadas con hacerle la competencia a la empresa para la que se está trabajando por cuenta ajena, por ejemplo).
En este caso, si vas a compaginar tu trabajo por cuenta ajena con el trabajo autónomo, al darte de alta en el RETA debes comunicar tu situación a efectos del cálculo de tu cotización por incapacidad temporal.
Si te inicias por primera vez o llevas más de 2 años sin estar de alta en el RETA (este último plazo se amplía a 3 años en caso de que hayas disfrutado con anterioridad de alguna tarifa reducida) puedes tener derecho a la tarifa plana de acuerdo a las siguientes opciones:
Como gasto fijo cada mes tendrás que asumir el pago de la cuota de la Seguridad Social, en función de la base de cotización que hayas elegido al darte de alta, o de las modificaciones posteriores de la misma.
No, la figura de la media jornada no se contempla en el régimen autónomo.
Sí es posible cambiar las bases de cotización, pero en la actualidad esto sólo puede hacerse un máximo de cuatro veces al año y en determinados plazos establecidos por la Seguridad Social.
Puedes capitalizar la prestación y, en determinados supuestos, podrás compatibilizarla con el desarrollo de tu actividad en el empleo autónomo, pero ambas opciones (capitalización y compatibilización) son excluyentes entre sí.
Se decides capitalizar la prestación (podría llegar al 100% de la cantidad que tengas pendiente de cobro) tendrás que decidir si el dinero lo dedicas a pagar tus cuotas de la Seguridad Social, o a pagar inversiones relacionadas directamente con la actividad.
Son 5 los pasos que tienes que dar para darte de alta en el empleo autónomo en Galicia. Consulta en este apartado de la Oficina Virtual la información completa, con los enlaces a la información y la documentación requerida en cada uno de los pasos, con sus correspondientes trámites.
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