Ayudas para proyectos al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) - 2024
- 31/01/2024
- 29/02/2024
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Etapa
PE155A - Ayudas para proyectos al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) - 2024
Fecha de publicación: 31/01/2024
Fecha de inicio solicitud: 01/02/2024
Fecha de finalización solicitud: 29/02/2024
Objeto
Esta Orden tiene por objeto publicar las bases y la convocatoria de las subvenciones a proyectos al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP), aprobados por la Consellería del Mar a los grupos de acción local del sector pesquero (GALP), en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Características de la ayuda
En el marco de estas ayudas, los proyectos y actuaciones subvencionables deberán alcanzar alguno de los objetivos indicados a continuación:
a) Aumento del valor, creación de empleo, valoración y fomento de la participación de las mujeres, atracción de personas jóvenes y promoción de la innovación en todas las fases de la cadena de producción y suministro de los productos de la pesca y la acuicultura, y la mejora de la imagen de estos productos y la actividad productiva a nivel local para su incorporación a la cultura alimentaria del territorio.
b) Fomento de la economía azul en las zonas pesqueras y acuícolas mediante el apoyo a la diversificación dentro y fuera del sector de la pesca comercial, el aprendizaje permanente y la creación de empleo en las zonas pesqueras y acuícolas.
c) Impulso y aprovechamiento del patrimonio ambiental de las zonas pesqueras y acuícolas, incluidas las operaciones de mitigación del cambio climático.
d) Fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluyendo el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo.
e) Refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales.
Porcentaje de subvención a los proyectos subvencionables:
a) Como norma general, el porcentaje de ayuda máxima para proyectos ascenderá al 50% del gasto subvencionable total de la operación.
b) En el caso de organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos del sector pesquero, el porcentaje máximo de ayuda para los proyectos no superará el 60% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto.
c) El porcentaje máximo de ayuda para los proyectos podrá ascender al 100% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto cuando la operación responda a los siguientes criterios: interés colectivo y beneficiario colectivo.
d) En el caso de operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal, la ayuda podrá incrementarse hasta el 100%. Se entenderán vinculadas a la pesca costera artesanal aquellas operaciones desarrolladas por aquellas personas físicas o jurídicas que lleven a cabo directamente actividades de pesca costera artesanal y aquellas operaciones llevadas a cabo por entidades asociativas del sector pesquero que desarrollen proyectos dirigidos sólo al sector de la pesca costera artesanal.
Los proyectos que no estén promovidos por el sector pesquero tendrán un importe máximo de ayuda de 200.000 € por beneficiario/a (o conjunto de beneficiarios/as) y convocatoria.
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, las siguientes:
1. Pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas, con domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las entidades tendrán personalidad jurídica.
2. Personas jurídicas sin ánimo de lucro, con domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las personas beneficiarias son las siguientes:
a) Cofradías de pescadores y sus federaciones.
b) Asociaciones profesionales del sector pesquero y sus federaciones.
c) Entidades sin ánimo de lucro integradas sólo por cofradías de pescadores y/o asociaciones del sector pesquero.
d) Entidades públicas locales.
e) Asociaciones declaradas de utilidad pública.