Ayudas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad o en situación o en riesgo de exclusión social - Programa de incentivos a la contratación a tiempo parcial y a la formación


  • 10/08/2018
  • 10/09/2018

TR341O -  Ayudas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad o en situación o en riesgo de exclusión social - Programa de incentivos a la contratación a tiempo parcial y a la formación

Fecha de publicación: 10 de agosto de 2018

Fecha de inicio solicitud: 11 de agosto de 2018

Fecha de finalización solicitud: 10 de septiembre de 2018

Objeto

La ayuda regulada por estas bases tienen por objeto regular las ayudas que favorezcan la contratación de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social en la empresa ordinaria, y especialmente aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.

Por medio de este programa las empresas que soliciten la subvención tendrán la posibilidad de obtener dos tipos de ayuda compatibles: un bono de contratación a tiempo parcial y un bono de formación.

Características de la ayuda

Esta ayuda tiene dos tipos diferenciados de bonos:

a) Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación por cuenta ajena con una duración inicial mínima de seis meses y jornada a tiempo parcial de las personas con discapacidad o en situación de riesgo o exclusión social. Las cuantías de los incentivos a los contratos a tiempo parcial celebrados con personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada ordinaria máxima legal, tomando como referencia para el cálculo de la subvención la cuantía correspondiente al 50 % de la jornada, que será de 2.000 euros (incrementándose en un 25% en el caso de colectivos específicos).

b) Bono de formación (opcional) dirigido a las personas contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo. Esta formación se incentivará con una ayuda de 1.000 euros por cada persona contratada que la reciba en su integridad.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de esta subvención, entre otras, las persoas trabajadoras autónomas, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

En este enlace se puede acceder al texto completo de la resolución.

Válido dende: 
venres, 10 Agosto, 2018
Válido ate: 
luns, 10 Setembro, 2018