Programa Emprega Muller para la contratación por cuenta ajena - FSE - 2019
- 25/04/2019
- 30/09/2019
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Etapa
TR350A - Subvenciones del programa Emprega Muller para la contratación por cuenta ajena - 2019
Fecha de publicación: 25/04/2019
Fecha inicio de solicitud: 26/04/2019
Fecha fin solicitud: 30/09/2019
Objeto
Las bases regulan el contenido y procedimiento de tramitación de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para facilitar la inserción laboral de las mujeres desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para acceder o permanecer en el mercado de trabajo, promoviendo incentivos a su contratación por cuenta ajena.
Características de la ayuda
Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia no competitiva y sujeta al régimen de mínimis que incluye dos tipos de ayudas compatibles:
1. Bono de contratación, con la concesión de una subvención para:
- la contratación indefinida inicial,
- la contratación temporal con una duración inicial mínima de 12 meses,
- la transformación de contratos temporales en indefinidos (deberán ser a tiempo completo) y
- para los casos de contratos indefinidos a tiempo parcial será subvencionable el incremento de jornada que deberá alcanzar la jornada a tiempo completo ordinaria o la establecida en el convenio colectivo de aplicación
2. Bono de formación (opcional) dirigido a las mujeres contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo, excepto en los casos de incremento de la jornada y transformación de contrato
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda, entre otras, las personas trabajadoras autónomas que contraten mujeres desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen emn la Orden.
En este enlace se puede acceder al texto íntegro de la resolución publicada en el DOG
En este enlace se puede acceder al texto de la orden que modifica la resolución publicada en el DOG
En este enlace tienes más información en la sede electrónica de la Xunta de Galicia