Ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales - 2020
- 19/02/2020
- 14/05/2020
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Etapa
IN500A - Ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales - 2020
Fecha de publicación: 19/02/2020
Fecha inicio de solicitud: 20/02/2020
Fecha fin solicitud: 20/03/2020 (nueva fecha por motivos del COVID-19: 14 de mayo de 2020)
Objeto
Las bases regulan las ayudas de la Agencia Gallega de la industria forestal a las inversiones en tecnologías forestales, procesado, movilización y comercialización de productos forestales.
Características de la ayuda
Se considerarán con carácter exclusivo las siguientes inversiones elixibles:
a) Planes y herramientas de gestión empresarial
b) Equipos de medición de masas forestales, en número no superior a la maquinaria de saca de madera o de biomasa
c) Acondicionamiento e instalaciones en parques intermedios de rolla o biomasa.
d) Autocargadores, arrastradores forestales y tractocargadores completos, así como las adaptaciones e implementos
e) Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala, así como las adaptaciones e implementos
f) Maquinaria específica, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal en el monte, astilladoras, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa
g) Maquinaria e instalaciones de primera transformación de madera
h) Maquinaria e instalaciones de primera transformación para procesado de la biomasa forestal: astillado, almacenamiento, clasificación, caracterización, secado y acondicionamiento de la biomasa forestal
i) Bienes de equipo e instalaciones en empresas de recogida, manejo, acondicionamiento y comercialización de productos forestales no madereros y no alimentarios (biomasa y
otros productos forestales)
j) Desbrozadoras, en número no superior a los equipos de saca de madera o biomasa propiedad de la empresa
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda, entre otras, las personas trabajadoras autónomas que acrediten la viabilidad económica del proyecto, tengan un seguro de responsabilidad civil en vigor y estén inscritas en el Registro de Empresas del Sector Forestal (Resfor).
Habrán de estar radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales de acuerdo con los criterios de localización establecidos en el ámbito territorial del PDR 2014-2020.