Talleres y ayudas a la digitalización industria 4.0 - 2021


  • 01/06/2021
  • 01/07/2021
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IG300C - Talleres y ayudas a la digitalización industria 4.0 - 2021

Fecha de publicación: 01/06/2021

Fecha inicio de solicitud: 02/06/2021

Fecha finalización de solicitud: 01/07/2021

Objeto

La resolución tiene por objeto publicar las bases reguladoras de los talleres y de las ayudas del Igape a la digitalización Industria 4.0 susceptibles de ser financiadas en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19 y convocarlas para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva (procedimiento IG300C).

Los talleres se conciben como espacios de encuentro entre empresas para explorar soluciones tecnológicas y vías de colaboración que den lugar a proyectos de implementación de herramientas digitales colaborativas sectoriales susceptibles de optar a las ayudas establecidas en estas bases o en otras convocatorias, o bien oportunidades de hibridación intersectorial.

Las ayudas a las pymes irán destinadas a la puesta en marcha de proyectos de digitalización cuya finalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una empresa gallega y otras empresas o entre dos o más empresas gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman su cadena de valor.

Características de la ayuda

Talleres

Deberá tener lugar, al menos, una reunión mensual presencial de las empresas.

En cada espacio de encuentro deberán participar personas de un mínimo de 6 empresas distintas.

Se considerará que cada reunión está válidamente constituida a los efectos de estas ayudas si asisten personas de dos tercios de las empresas participantes en cada espacio de encuentro.

A cada reunión podrán asistir diferentes personas por cada empresa.

Ayudas a las pymes

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

a) Proyectos colectivos en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

1º. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.

2º. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.

b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

1º. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio o adopción/ implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.

2º. Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, big data y similares) y ciberseguridad.

3º. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares) 

Personas beneficiarias

Talleres

Podrán ser beneficiarios los organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia.

Se entenderán como tales a efectos de estas ayudas:

a) Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa, clústeres empresariales o hubs de innovación digital al amparo de la Estrategia Gallega de HID.

b) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros, BOE nº 20, de 23 de enero de 2009). 

Ayudas a las Pymes

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), cualquiera que sea su forma jurídica, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.  


Publicación DOG Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
martes, 1 Xuño, 2021
Válido ate: 
xoves, 1 Xullo, 2021