Ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la RSE - Línea III Certificaciones de RSE - 2022


  • 04/02/2022
  • 04/03/2022
Accede dende aquí

TR357B - Ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la RSE - Línea III Certificación RSE - 2022

Fecha de publicación: 04/02/2022

Fecha inicio de solicitud: 05/02/2022

Fecha finalización de solicitud: 04/03/2022

Objeto

Esta orde tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas e incentivos a pymes, a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a cargo para implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (RSE).

Podrán ser subvencionables las acciones para las que se concede la ayuda o incentivo que se realicen entre el día 1 de enero de 2022 y hasta la fecha de final del plazo de justificación de las actividades establecido.

Características de la ayuda

En esta Línea III Certificaciones RSE subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: empresa familiarmente responsable-EFR (conciliación), Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Globlal Compact (pacto mundial); ISO 19600, SGE 21, Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente), SA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ISO 45001 (seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable, asimismo sello horarios racionales (SHR).

La cuantía de la ayuda Será el pago del 80 % de los costes que conlleve el proceso de la certificación o verificación con un máximo de 2.000 € por empresa.

Personas beneficiarias

Las empresas solicitantes podrán ser pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

Para esta línea III, las empresas deberán contar con un mínimo de 5 personas trabajadoras.

Para los efectos de determinar el número de personas trabajadoras en la empresa, se atenderá al número de personas trabajadoras por cuenta ajena en la fecha de la presentación de la solicitud.


Publicación DOG

Publicación Corrección DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
venres, 4 Febreiro, 2022
Válido ate: 
venres, 4 Marzo, 2022