Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2022
- 18/04/2022
- 18/05/2022
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Etapa
IN848D - Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2022
Fecha de publicación: 18/04/2022
Fecha inicio de solicitud: 19/04/2022
Fecha finalización de solicitud: 18/05/2022
Objeto
Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes), destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación de la empresa y estén alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.
Características de la ayuda
La cuantía máxima de la ayuda que puede ser concedida a cada beneficiario se determinará sobre la inversión total que se subvenciona y será conforme a los límites de intensidad previstos en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, según la siguiente tabla:
Modalidad | Inversión | Subvención | Intensidad |
---|---|---|---|
Subvención no reembolsable | De 80.000€ a 200.000€ | De 40.000€ hasta 100.000€ | 50% |
Las actividades incluidas en el plan de innovación que se subvencionan serán las que reúnan, necesariamente, las siguientes características.
a) Constituirán un conjunto completo y coherente de actividades, incluidas en la memoria descriptiva de la solicitud, y que permitan implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
b) El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros. La presentación de un plan de innovación con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
c) Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2023; la presentación de un plan de innovación con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
d) Las actividades que se subvencionan serán, a modo indicativo las que se incluyen en el catálogo de actividades del anexo I.
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.
Los beneficiarios de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA).