Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2022


  • 18/04/2022
  • 18/05/2022
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IN848D - Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de innovación - 2022

Fecha de publicación: 18/04/2022

Fecha inicio de solicitud: 19/04/2022

Fecha finalización de solicitud: 18/05/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes), destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación de la empresa y estén alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.

Características de la ayuda

La cuantía máxima de la ayuda que puede ser concedida a cada beneficiario se determinará sobre la inversión total que se subvenciona y será conforme a los límites de intensidad previstos en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, según la siguiente tabla:

Modalidad Inversión Subvención Intensidad
Subvención no reembolsable De 80.000€ a 200.000€ De 40.000€ hasta 100.000€ 50%

 

Las actividades incluidas en el plan de innovación que se subvencionan serán las que reúnan, necesariamente, las siguientes características.

a) Constituirán un conjunto completo y coherente de actividades, incluidas en la memoria descriptiva de la solicitud, y que permitan implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.

b) El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros. La presentación de un plan de innovación con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.

c) Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2023; la presentación de un plan de innovación con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.

d) Las actividades que se subvencionan serán, a modo indicativo las que se incluyen en el catálogo de actividades del anexo I.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.

Los beneficiarios de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA).


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
luns, 18 Abril, 2022
Válido ate: 
mércores, 18 Maio, 2022