Ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona COVID-19) - 2021


  • 30/09/2021
  • 15/11/2021
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IG402A - Aayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona COVID-19) - 2021

Fecha de publicación: 30/09/2021

Fecha inicio de solicitud: 01/10/2021

Fecha finalización de solicitud: 15/11/2021

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas destinadas a facilitar la ejecución de un conjunto de servicios profesionales por parte de entidades colaboradoras previamente seleccionadas mediante Resolución de 25 de agosto de 2021, DOG nº 169, de 2 de septiembre.

Los servicios para los que se podrá conceder ayuda son los siguientes:

a) Reestructuración financiera y adecuación de estados financieros tras el impacto de la COVID-19 y los nuevos modelos de negocio.

b) Preparación para la transmisión o adquisición de unidades productivas.

c) Elaboración, adaptación e implementación de planes estratégicos de internacionalización de la empresa o sector al nuevo escenario internacional.

d) Análisis de mercados internacionales concretos en relación a la nueva situación motivada por la emergencia sanitaria COVID-19 y las necesidades específicas del solicitante de cara a la apertura o permanencia en dicho mercado.

e) Consultoría relacionada con la implementación de metodologías de trabajo y procesos acordes a los principios de la economía circular.

Características de la ayuda

Serán subvencionables los gastos de prestación de los servicios enumerados en el artículo 1.2, prestados por las entidades colaboradoras seleccionadas para cada servicio, realizados entre la fecha de solicitud y la fecha límite de ejecución establecida en la resolución de convocatoria de las ayudas, que cumplan los requisitos establecidos por la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables del programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
xoves, 30 Setembro, 2021
Válido ate: 
luns, 15 Novembro, 2021