Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación - 2022


  • 30/12/2021
  • 03/02/2022

TR349V - Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación - 2022


Infografía explicativa


Cartel para difusión a utilizar por las personas y empresas beneficiarias

Modelo de cartel para dar publicidad a la financiación pública de las actuaciones subvencionadas por la Consellería de Emprego e Igualdade, por el PRTR y por los Fondos Next Generation da UE.

Cartel TR349V


Fecha de publicación: 30/12/2021

Fecha inicio de solicitud: 03/01/2022

Fecha finalización de solicitud: 03/02/2022

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas para la contratación de personas jóvenes, de 16 o más años y que no hayan cumplido los 30 años en el momento de comenzar la relación contractual, por los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.

Características de la ayuda

Las subvenciones para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo.

No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud en la misma entidad, organismo, centro o empresa o grupo de empresas.

Los contratos se formalizarán en la modalidad de contratación que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa, acorde con la legislación vigente.

El período subvencionado será de 12 meses incluso cuando el contrato formalizado tenga una duración superior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3.a) de este artículo. En todo caso, se deberá tener en cuenta la normativa laboral que sea de aplicación por razón del contrato firmado. La jornada de trabajo será a tiempo completo.

Las actividades objeto de las ayudas enmarcadas en esta orden serán desarrolladas por las personas capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.

Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones relacionadas con la sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), y digitalización de servicios o science data, proyectos de investigación destinados a las áreas sociales, culturales, artísticas o cualquiera otro ámbito de estudio, así como otras tareas encuadradas en el marco de la Estrategia de especialización inteligente RIS3 2021-2027. Con este programa se revierte en la sociedad la alta formación de este personal.

Personas beneficiarias

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de la subvención los siguientes organismos, centros y entidades de investigación y de difusión de conocimientos:

a) Universidades del sistema universitario público de Galicia y universidades privadas radicadas en Galicia con capacidad y actividad demostrada en I+D+i

b) Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas radicadas en Galicia sin ánimo de lucro, que desarrollen actividades de I+D+i, así como los institutos de investigación sanitaria acreditados.

c) Los centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia, integrados en alguna Consellería y otros organismos públicos de investigación de Galicia. Si alguno de ellos careciera de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la Administración pública a la que pertenezca.

d) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule tengan la I+D+i como actividad principal.

e) Empresas pertenecientes al sector público autonómico que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.

f) Empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica atendiendo a lo previsto en el Decreto 56/2007, así como otras empresas pertenecientes al sector privado radicadas en Galicia, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.

g) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica situados en Galicia.

h) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, situados en Galicia que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule la I+D+i como actividad principal..


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
xoves, 30 Decembro, 2021
Válido ate: 
xoves, 3 Febreiro, 2022