Entra en vigor o Real Decreto -lei 14/20202 de medidas de aforro, eficiencia e redución da dependencia enerxética

Tras su publicación el 2 de agosto de 2022, entran en vigor las obligaciones de los apartados 1º y 4º del artículo 29 del Real Decreto - ley 14/2022, de 1 de agosto , de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas de estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de la reducción de la dependencia energética del gas natural.

En concreto, el apartado 1º hace referencia la regulación de la temperatura del aire de los recintos habitables acondicionados, limitándose a los siguientes valores:

a) La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 ºC.

b) La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 ºC.

c) Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre lo 30 % y el 70 %.

Dichas limitaciones estarán condicionadas al cumplimiento del previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abirl, por lo que se establecen las disposición mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, así como aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca, debiendo existir en este caso, una separación física entre el recinto con los locales contiguos que estén obligados a mantener las condiciones indicadas.

Asimismo, el apartado 4º del referido artículo 29 hace referencia al alumbrado de los escaparates, que deberá mantenerse apagado desde las 22 horas, siendo también de aplicación para los edificios públicos que a dicha hora se encuentren desocupados.

Medidas adicionales a corto plazo

Por otra parte, el mencionado Real Decreto - ley hace referencia también a otras medidas que también entrarán en vigor en breve.

Así, el apartado 2º del referido artículo 29, establece que en un mes desde su publicación (el 2 de septiembre) los recintos acondicionados deberán informar, mediante carteles informativos o uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyan al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, información sobre temperatura y humedad, apertura de puertas y régimen de revisión y mantenimiento, teniendo una vigencia prevista hasta el 1 de noviembre de 2023.

Y por otra parte, el próximo 30 de septiembre deberá contarse, en los locales y edificios con acceso desde la calle, de un sistema de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que estas permanezcan abiertas permanentemente.

Otras medidas del Real Decreto - ley 14/2022. Cambios en el Real Decreto - ley 13/2022

Además de otros cambios en materia de transporte terrestre (con ayudas a los profesionales del sector según la tipología de flota de camiones de la que disponga), de medidas en materia de transporte aéreo y marítimo y también de medidas económicas en materia de becas y ayudas en enseñanza postobligatoria y para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, el Real Decreto - ley 14/2022 añade algunas modificaciones en la redacción del Real Decreto - ley 13/2022, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

En ese sentido, este nuevo RD-ley 14/2022 introduce modificaciones en la regulación de la base de cotización para determinados supuestos de alta en el régimen especial, modifica también la redacción del método de regularización de la cotización provisional y otros aspectos referidos a los requisitos para el nacimiento del derecho a la protección por cese de actividad, así como al acceso al Mecanismo RED de flexibilidad y estabilización del empleo. Igualmente incluye cambios en lo relativo a la bonificación de las cuotas para las personas trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento, adopción, guardia con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante o embarazo o durante la lactancia natural. Finalmente, incluye también cambios en la bonificación a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos, modificaciones también en lo relativo a la cuota reducida (o tarifa plana) para las personas con discapacidad igual o superior al 33% y para víctimas de violencia de género o del terrorismo.


Publicación consolidada BOE