Ayudas para inversiones que fomenten la pesca sostenible para propietarios de buques pesqueros - 2023


  • 13/01/2023
  • 13/02/2023

PE120 - Ayudas para inversiones que fomenten la pesca sostenible para propietarios de buques pesqueros - 2023

Fecha de publicación: 13/01/2023

Fecha inicio de solicitud: 14/01/2023

Fecha finalización de solicitud: 13/02/2023

Objeto

Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar ayudas destinadas a la realización de actuaciones por parte de propietarios de buques pesqueros para fomentar una pesca sostenible desde una perspectiva medio ambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva. Los códigos de los procedimientos administrativos regulados por esta orden son los siguientes:

– PE120A, para ayudas que limiten el impacto de la pesca en el medio marino y adaptación de la pesca a la protección de las especies.

– PE120B, para ayudas que mejoren la higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo en buques pesqueros.

– PE120C, para ayudas en eficiencia energética y mitigación del cambio climático.

– PE120E, para ayudas que aumenten el valor añadido, la calidad de los productos y la utilización de capturas no deseadas

Características de la ayuda

Las ayudas tendrán como finalidad realizar inversiones que:

– Limiten el impacto de la pesca en el medio marino y adaptación de la pesca a la protección de las especies (procedimiento PE120A).

– Mejoren la higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo en buques pesqueros (procedimiento PE120B).

– En eficiencia energética y mitigación del cambio climático (procedimiento PE120C).

– Aumenten el valor añadido, la calidad de los productos y la utilización de capturas no deseadas (procedimiento PE120E).

Las ayudas reguladas en esta orden tienen el carácter de subvenciones de capital y no constituyen ayudas de Estado.

En las ayudas cuya finalidad sea la realización de una inversión, el importe de la inversión subvencionable será el que se obtenga de la valoración de las obras o inversiones con criterios técnico-económicos, objetivos y homogéneos, de acuerdo con los informes emitidos.

La cuantía máxima de la ayuda será el 50 % de la inversión máxima subvencionable a la que se refiere el párrafo anterior, excepto en los casos en los que el buque sea de pesca costera artesanal, que será del 80 %; pero, en cualquier caso, cuando se trate de sustitución o modernización de motor, siempre será del 30 %. Si el beneficiario no es pyme la ayuda será del 30 %. 

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas, agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica o comunidad de bienes que cumplan los siguientes requisitos:

1. Ser propietario de un buque de 3ª lista del Registro de Matrícula de Buques y Empresas Navieras.

2. El buque debe tener su puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia y encontrarse de alta en el Registro de Buques Pesqueros de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el Registro General de la Flota Pesquera.

3. El buque para el cual se solicita ayuda debe constituir un seguro que garantice la cobertura de daños a terceros.

4. En el caso de buques cuya primera venta de los productos que captura sea en fresco y, por lo tanto, obligatoria en lonja, el volumen de ventas que se obtenga de la suma de las notas de venta durante el año anterior al de la convocatoria deberá ser superior al 50 % del promedio obtenido para ese puerto base y por el segmento de flota que figura en el Registro de Buques Pesqueros de Galicia (RBPG).

5. En el caso de buques para los cuales la primera venta de los productos que captura no sea obligada en lonja, el buque debe disponer de la autorización para realizar dicha venta y debe transmitirla al órgano competente.

6. El buque no puede tener una resolución desfavorable de regularización, salvo que, posteriormente, se hubiese regularizado, para lo cual deberá firmar el anexo IV.

7. Las inversiones para las cuales se solicite ayuda no podrán estar iniciadas ni pagadas antes de que se acredite el no inicio de las mismas, en los términos indicados en la orden.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica PE-120A

Ficha informativa sede electrónica PE-120B

Ficha informativa sede electrónica PE-120C

Ficha informativa sede electrónica PE-120E

Válido dende: 
venres, 13 Xaneiro, 2023
Válido ate: 
luns, 13 Febreiro, 2023