Préstamos directos para la financiación empresarial - 2023


  • 31/01/2023
  • 29/12/2023

IG408B - Préstamos directos para la financiación empresarial - 2023

Fecha de publicación: 31/01/2023

Fecha inicio de solicitud: 01/02/2023

Fecha finalización de solicitud: 29/12/2023 (o hasta agotar el crédito presupuestario)

Objeto

Esta resolución tiene por objeto publicar las bases y convocar los préstamos directos del Igape para la financiación empresarial en Galicia, en régimen de concurrencia no competitiva.

Características de la ayuda

El Igape podrá financiar actuaciones empresariales vinculadas a una actividad económica, viables, a implantar en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan, además, los requisitos específicos establecidos en el anexo I de la resolución para cada modalidad de préstamo.

Serán financiables las inversiones y gastos que cumplan los requisitos de estas bases, realizados y pagados una vez presentada la solicitud, y dentro del plazo concedido para la ejecución de la actuación.

Actividades financiables: las actuaciones financiables deberán estar vinculadas a los sectores establecidos como financiables, que serán los señalados en el anexo I de la resolución para cada una de las modalidades de préstamo, independientemente de cualquier otra que, además, desempeñe el solicitante.

Sin perjuicio de las limitaciones establecidas en el anexo I de la resolución para cada una de las modalidades de préstamo, podrán ser financiados los siguientes conceptos:

a) Bienes tangibles cuyo uso previsto por la beneficiaria sea la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte, así como otro inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad. Se excluyen las inversiones inmobiliarias, entendiendo como tales los activos inmuebles que se adquieran o construyan para obtener rentas, plusvalías o ambas.

b) Bienes intangibles, tales como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas.

c) Gastos de investigación, desarrollo e innovación, aunque contablemente tengan la consideración de gasto corriente, por no cumplirse las condiciones para su activación previstas en las normas particulares sobre el inmovilizado intangible, recogidas en el vigente Plan general de contabilidad, por cuanto, una vez finalizado el plazo para justificar el proyecto, puedan no presentarse motivos fundados de éxito técnico y rentabilidad económicocomercial.

d) Capital de explotación: entendiendo como tal el incremento permanente de capital corriente necesario para la actividad.

Las características específicas de cada modalidad de préstamo serán las detalladas en el anexo I de la resolución.

Importe de la financiación: los importes mínimos y máximos de la financiación y el porcentaje de gasto financiable serán los establecidos en el anexo I de la resolución para cada una de las modalidades de préstamo. El importe nominal de la operación de financiación no superará en ningún caso la suma de los conceptos de la actuación financiable pendientes de pago en la fecha de presentación de la solicitud.

Reembolso: los préstamos serán reembolsables en los plazos y con las carencias señalados en el anexo I de la resolución.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estos préstamos aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Cumplan las condiciones establecidas específicamente para la correspondiente modalidad de préstamo, conforme a los requisitos que se detallan en el anexo I de la resolución.

c) Aporten para la actuación una contribución financiera mínima del 25 % del coste total, exenta de cualquier tipo de apoyo público.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
martes, 31 Xaneiro, 2023
Válido ate: 
venres, 29 Decembro, 2023