Publicada la orden que regula el ejercicio de derecho al voto de las personas trabajadoras por cuenta ajena en las elecciones generales 2023
El Diario Oficial de Galicia ven de publicar la Orden de 12 de junio de 2023 por la que se regula el ejercicio de derecho al voto de las personas trabajadoras por cuenta ajena en las elecciones generales al Congreso y al Senado, convocadas para el día 23 de julio de 2023 por el Real decreto 400/2023, de 29 de mayo , de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.
En ella se establecen los permisos para las personas trabajadoras por cuenta ajena electoras, el permiso para votar por correo y el permiso para las personas integrantes de las mesas electorales y con la condición de apoderadas.
En concreto, define el permiso para votar por correo para aquellas personas trabajadoras por cuenta ajena que hayan previsto que en la fecha de la votación no se encuentren en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto, o que no puedan ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones, En cuyo caso, dispondrán, en su horario laboral, de hasta cuatro horas libres, para que puedan formular personalmente la solicitud del certificado de inscripción en el censo, así como para efectuar la remisión del voto por correo.
Y, en el caso de las personas integrantes de las mesas electorales, tanco como presidente/a o vocal, la Orden establece un permiso durante el día de la votación, de un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal, y tendrán derecho, en todo caso, la una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior. Además, si alguna de estas personas trabajadoras tiene que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la empresa le cambiará el turno para que pueda descansar esa noche.