Programa de subvenciones de apoyo al emprendimiento - 2025


  • 14/11/2025
  • 16/12/2025

BDNS 867925 - Programa de subvenciones de apoyo al emprendimiento - 2025

Fecha de publicación: 14/11/2025

Fecha inicio de solicitud: 15/11/2025

Fecha finalización de solicitud: 16/12/2025

Objeto

Esta Resolución tiene por objeto publicar convocar las axudas de la Línea 2.7. PEL Autónomos/as para sufragar parte de las cuotas de la seguridad social correspondientes al régimen especial o sistema especial por cuenta propia, y/o del alquiler de oficinas, bajos comerciales o centros de trabajo del año 2026 de personas autónomas en los meses que no reciben otras ayudas.

Características de la ayuda

Tendrán la consideración de gastos subvencionables para las personas autónomas, y siempre que no reciban ningún tipo de ayuda o concepto similar, los siguientes:

  • Las cuotas mensuales de la Seguridad Social correspondientes al régimen por cuenta propia del año 2026.
  • Los gastos mensuales correspondientes al año 2026 de los alquileres de oficinas, bajos comerciales o centros de trabajo donde se lleve a cabo una actividad económica dada de alta en el IAE.

Las persoas solicitantes podrán solicitar la subvención para ambos conceptos o únicamente para uno de ellos, segúndo sus necesidades. Los gastos se imputarán a las cuentas contables 642 (Seguridad Social a cargo de la entidad) e 621 (Alquileres y cánones).

Ayuda para cuotas sociales:

La ayuda consistirá en una cuantía fija de 200 € por cada mes en el que se cumplan los requisitos desde un mínimo de 6 meses hasta un máximo de 12 meses, conforme al siguiente cuadro:

Cuantía máxima correspondiente a 12 meses 2.400,00 €
Cuantía correspondiente a 11 meses 2.200,00 €
Cuantía correspondiente a 10 meses 2.000,00 €
Cuantía correspondiente a 9 meses 1.800,00 €
Cuantía correspondiente a 8 meses 1.600,00 €
Cuantía correspondiente a 7 meses 1.400,00 €
Cuantía mínima correspondiente a 6 meses 1.200,00 €

Ayuda para alquiler:

La ayuda consistirá en una cuantía fija por mes, equivalente al precio de alquiler mensual efectivamente pagado por la persona solicitante, IVA excluido.

Esta ayuda tendrá una cuantía mínima de 200 € y máxima de 500 € por cada mes en el que se cumplan los requisitos, desde un mínimo de 6 meses hasta un máximo de 12 meses, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Cuantía mensual alquiler efectivamente pagada (igual o superior a 200 € y que no exceda de 500 €) x Número de mensualidades completas pagadas en el año 2026 (entre 6 y 12 mensualidades) = Cuantía de la ayuda

Personas beneficiarias

Serán personas beneficiarias de esta ayuda las personas autónomas que desarrollen una actividad económica con ánimo de lucro y con domicilio fiscal en un municipio de la provincia de Coruña de menos de 10.000 habitantes.


Publicación BOP

Ficha informativa sede electrónica

Válido dende: 
venres, 14 Novembro, 2025
Válido ate: 
martes, 16 Decembro, 2025