Programa II - Subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social- 2021


  • 08/02/2021
  • 30/09/2021
Accede dende aquí

TR802J - Subvenciones para el fomento del acceso a la condición de persona socia - 2021

Fecha de publicación: 08/02/2021

Fecha inicio de solicitud: 09/02/2021

Fecha finalización de solicitud: 30/09/2021

Objeto

Las bases tienen por objeto convocar las subvenciones con la finalidad de formentar el acceso a la condición de personas socias trabajadoras o de trabajo, de cooperativas o de sociedades laborales, así como el fomento del acceso de personas emprendedoras por cuenta propia a la condición de socias de cooperativas.

Este acceso se facilita mediante la financiación de las aportaciones económicas al capital social que debe desembolsarse para la incorporación como socio o socia.

Características de la ayuda

Las subvenciones previstas en este programa podrán ascender a las cuantías siguientes:

a) Para las personas beneficiarias previstas en el artículo 28.1, apartados a), b) c) y d), y en el artículo 28.2, hasta 6.000,00 euros.

b) Para las personas beneficiarias previstas en el artículo  28.1, apartado e), hasta 3.000,00 euros.

Las cuantías señaladas en el punto anterior se incrementarán en los porcentajes que se señalan a continuación, que son acumulables entre sí:

a) Un 25 % si la persona beneficiaria es una mujer.

b) Un 25 % si la persona beneficiaria tiene discapacidad o se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.

c) Un 25 % si la persona beneficiaria tiene más de 45 años.

d) Un 25 % si la persona beneficiaria tiene la condición de emigrante retornada.

e) Un 25 % si la persona tiene la condición de trans.

f) Un 25 % en caso de que el centro de trabajo a que se incorpora la persona socia esté situado en un ayuntamiento rural.

g) Un 25 % si se trata de una cooperativa juvenil.

Cuando la dedicación de la persona incorporada sea a tiempo parcial o en condición de fija discontinua en los términos previstos en el artículo 28.4, la cuantía máxima de los incentivos previstos en los puntos anteriores se reducirá al 50 %.

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de este programa de subvenciones las personas que accedan a la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con carácter indefinido, que desarrollen su actividad en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia y que en el momento de su incorporación cumplan alguna de las condiciones siguientes:

a) Ser personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.

b) Ser personas socias a prueba de la cooperativa a la cual se incorporan.

c) Ser personas asalariadas de la cooperativa o sociedad laboral a la cual se incorporan.

d) Ser personas asalariadas de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformada.

e) Ser personas socias trabajadoras o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral a tiempo parcial que accedan a la misma condición a tiempo completo.

También podrán ser beneficiarias las personas que, siendo desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, emprendan una actividad por cuenta propia y se incorporen en una cooperativa como personas socias con carácter indefinido, con compromiso de exclusividad, para comercializar sus productos, obtener suministros, servicios y la asistencia técnica que precisen, siempre que tengan su domicilio social y fiscal en Galicia. La incorporación como persona socia en la cooperativa deberá producirse dentro del período de ejecución establecido en el artículo 35 de esta orden. Entre el inicio de la actividad por cuenta propia y dicha incorporación no pueden haber transcurrido más de dos años.

Las cooperativas y las sociedades laborales deberán acreditar el cumplimiento de las previsiones de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, y de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, respecto de los topes máximos de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena.


Publicación DOG Ficha sede

Válido dende: 
luns, 8 Febreiro, 2021
Válido ate: 
xoves, 30 Setembro, 2021