Programa Impacto Autónomo - 2023


  • 04/01/2023
  • 09/02/2023
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TR890A - Programa Impacto Autónomo - 2023

Fecha de publicación: 04/01/2023

Fecha inicio de solicitude: 09/01/2023

Fecha finalización de solicitud: 09/02/2023

Infografía explicativa

Objeto

Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas para las personas trabajadoras autónomas de Galicia del programa Impacto Autónomo, dirigidas a minimizar el impacto de la subida de los costes de las materias primas y de los suministros que afectan y condicionan la actividad económica de las personas autónomas y de las microempresas.

La finalidad de este programa es la concesión de una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas y microempresas para hacer frente a la situación económica generada por la subida de los costes de las materias primas y suministros, que afectan y condicionan su actividad económica.

Características de la ayuda

La cuantía de las ayudas se establece en función de los rendimientos netos de las personas o entidades solicitantes conforme a la siguiente escala:

a) Para las personas autónomas que tributen en régimen de estimación objetiva (módulos), el importe de la ayuda será de 800 €.

b) Para personas autónomas que tributen en régimen de estimación directa o atribución de rentas, y otros regímenes:

– Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 20.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500 €.

– Con rendimientos netos en el año 2021 de hasta 30.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200 €.

c) Para microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles:

– Con un mínimo de facturación en el año 2021 de entre 50.000 € y un máximo de 250.000 €, el importe de la ayuda será de 1.500 €.

– Con una facturación superior a 250.000 € en el año 2021 y hasta un máximo de 750.000 €, el importe de la ayuda será de 1.200 €.

Los importes indicados se reducirán al 50 % en el caso de personas autónomas de temporada y en el caso de personas autónomas, microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles que se hayan dado de alta a lo largo del año 2021 y no acrediten 12 meses completos de actividad. 

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

1. Todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas, con domicilio fiscal en Galicia y que hayan tenido unos rendimientos netos mínimos de actividades económicas realizadas de 10.000 € y un máximo de 30.000 €, en el año 2021.

2. Las personas trabajadoras autónomas de temporada que acrediten estar de alta o situación asimilada en el momento de la presentación de la solicitud, y que hayan estado de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el año 2021 y en el año 2022.

3. También pueden ser beneficiarias las microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles, con domicilio fiscal en Galicia y con un mínimo de facturación en el año 2021 de 50.000 € y un máximo de 750.000 euros en el mismo año 2021.

Las personas o entidades señaladas en los anteriores apartados 1, 2 y 3 que desarrollen la actividad en establecimientos fijos abiertos al público, el establecimiento deberá estar abierto al público durante los 6 meses posteriores a la publicación de esta ayuda.

Diseño del cartel para dar publicidad de la ayuda de Impacto Autónomo recibida

Modelo según se establece en el artículo 20.1.f de la orden que regula la convocatoria


Publicación DOG

Corrección errores

Ficha sede electrónica

Válido dende: 
mércores, 4 Xaneiro, 2023
Válido ate: 
xoves, 9 Febreiro, 2023